miércoles, 9 de marzo de 2016

Condena por no realizar una interconsulta en Urgencias - DiarioMedico.com

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NO SE AVISÓ AL URÓLOGO DE GUARDIA

Condena por no realizar una interconsulta en Urgencias

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al seguro del Servicio Murciano de Salud por mala praxis en Urgencias. El fallo considera que dada la similitud de la sintomatología del cólico nefrítico y la torsión testicular se debió avisar al urólogo de guardia que hubiera evitado la necrosis del testículo.
Diego Carrasco. Madrid   |  08/03/2016 16:35


Alfonso Iglesias
Alfonso Iglesias, abogado de la Asociación de Errores Médicos y defensor del reclamante. (DM)
La Audiencia Provincial de Murcia ha imputado al Servicio Murciano de Salud (SMS) y su compañía aseguradora responsabilidad solidaria a la hora de indemnizar a un paciente joven que perdió uno de sus testículos. El fallo entiende que una mayor "exquisitez" en Urgenciashubiera evitado el resultado de necrosis de un testículo. El tribunal entiende que ante los síntomas que presentaba el enfermo se debió avisar al urólogo de guardia y ordenar la práctica de una eco-Doppler para realizar un diagnóstico diferencial.
Según la demanda presentada por Alfonso Iglesias, abogado del paciente y de la Asociación de Errores Médicos, el joven acudió a Urgencias de un hospital murciano aquejado de un dolor escrotal. Fue diagnosticado de cólico nefrítico y remitido a su casa con tratamiento analgésico. Sin embargo, al día siguiente persistía el dolor en los testículos y fue cuando, tras la correspondiente exploración cuando se detectó que había una torsión testicular. El demandante consideró que había una responsabilidad médica por no diagnosticar a tiempo dicha patología dada la trascendencia que tenía en un paciente joven.
Uno de los peritos que declaró en el juicio y cuyos argumentos fueron aceptados por el tribunal señaló que "hubo un error de diagnóstico" acaecido precisamente por la "casi identidad sintomatológica" del supuesto cólico nefrítico y la torsión testicular finalmente apreciada. El urólogo, que ese día estaba de guardia, manifestó que "no fue llamado" el día del ingreso y sí al siguiente, a pesar de el "dolor intenso" aparecía en ambas visitas clínicas. Y es que "a las 33 horas desde la primera visita el testículo estaba ya necrosado".
La audiencia murciana, que no comparte el criterio del juzgado de instancia que absolvió al SMS, argumenta que el dolor testicular manifestaba un síndrome de escroto agudo y lo oportuno era practicarle una eco-Doppler. Es más, el enfermo de fue tratado con analgésicos, pero "no ingresado para el tratamiento adecuado a su patología" que era lo correcto. El fallo subraya que teniendo en cuenta la similitud de los síntomas entre lo estimado y lo realmente padecido por el paciente "la lex artis ad hoc en modo alguno se descuidó groseramente", pero una mayor atención en Urgencias hubiera evitado el resultado final.
La sentencia, que es firme, condena al SMS y a su seguro a pagar solidariamente al reclamante una indemnización de 26.023,62 euros incrementada con los intereses legales.

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