Médicos privados contra la autorización a parteras para prescribir algunos fármacos
Posted: 01 Jul 2016 07:17 AM PDT
Desde la Asociación de Médicos de la Actividad Privada (AMAP) se pronunciaron contra la reforma de la ley que permite a las obstétricas recetar algunos fármacos y les da algunas nuevas incumbencias, por los peligros que conlleva. Aseguran que es un “avasallamiento” a las incumbencias médicas. “La salud de la población está en juego”, alertan.
Gracias a la reforma de la ley 14.802, desde hace un tiempo las obstétricas de la provincia de Buenos Aires fueron autorizadas a realizar nuevas tareas e incumbencias profesionales, entre ellas el prescribir algunos medicamentos vinculados con su actividad. Así, las parteras, como se las conoce popularmente, aumentan sus horizontes profesionales, en una actividad que creció notablemente en los últimos años. Pero la noticia no fue bien recibida por los médicos del sector privado, que fueron los que alertaron sobre algunos peligros de esta implementación. Según su mirada, se permitirá a estos profesionales realizar procedimiento “para los que no están preparados”. “La salud de la población está en juego”, aseguran.
Mediante un documento, la Asociación de Médicos de la Actividad Privada (AMAP) se mostró en contra de la reforma de la ley que permite a las parteras recetar medicamentos, entre otros cambios. Según la entidad, los cambios que se produjeron en la provincia de Buenos Aires “son un avasallamiento sobre las incumbencias médicas”, y ya que se autoriza a las obstétricas a realizar tareas “propias del trabajo médico”.
“A partir de esta nueva disposición, las obstétricas podrán prescribir medicamentos, indicar métodos anticonceptivos y realizar diagnósticos de enfermedades del sistema reproductivo femenino”, explicó Héctor Garín, titular de la AMAP. “La ley 14.802, aprobada por el parlamento bonaerense el año pasado, significa un avasallamiento sobre las incumbencias médicas, y habilita a otros miembros del equipo de salud a realizar acciones sanitarias para las que no están formados, exclusivas del saber médico, bajo la creencia de que la mujer es sólo un aparato genital”, expresó la entidad que nuclea a los médicos privados.
La reforma de la ley que regula la actividad de las obstétricas le abrió la puerta a la receta de algunos fármacos, que viene de la mano de nuevos aspectos profesionales que podrán cubrir. “Las responsabilidades que tradicionalmente competían a las obstétricas se han ampliado. Nuestro campo de acción hoy no sólo comprende el control del embarazo y la atención del parto y post-parto sino también la salud sexual y reproductiva de las mujeres en todas las etapas de su vida”, comentó al diario platense el Día la presidenta del Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires, Alicia Cillo.
En este sentido, se habilitó a las parteras a prescribir vacunas del Calendario Nacional y fármacos del vademécum obstétrico de acuerdo a las tareas de promoción y prevención de la salud. Diseñado en función de su perfil profesional, el vademécum obstétrico comprende una lista acotada de medicamentos para la prevención y promoción de la salud materno-infantil en la etapa preconcepcional, gestacional, el período del parto, el alumbramiento y puerperio: ácido fólico, hierro, antiespasmódicos, antinauseosos, anestésicos, ocitócicos, gammaglobulina anti Rh, y las diversas vacunas previstas en el calendario nacional.
“AMAP denuncia frente a las autoridades y la población el peligro de que procedimientos estrictamente médicos puedan ser asumidos por integrantes del equipo de salud que no están capacitados para realizarlos. La salud de la población está en juego”, remarcó Garín. Asimismo, el líder del gremio dijo que “otro de los aspectos graves de la ley es que permite a las obstétricas ejecutar medidas de emergencia, en caso necesario, hasta que concurra el especialista, situación extrema que sería comprensible en un lugar sin acceso a médicos o centros asistenciales, pero en la Provincia de Buenos Aires con el número de médicos matriculados y la cantidad de establecimientos, es un acto irracional y riesgoso para la salud”.
La nueva ley 14.802, modifica a la 11.745 de Colegiación obstétrica, y se formalizó en diciembre del año pasado. La misma trae consigo una mejora en la calidad de atención para las mujeres, sus hijos y sus familias, como así también brindará un marco regulatorio y protector legal a las obstétricas. Las obstétricas pueden asimismo brindar asesoramiento, consejería e indicar métodos anticonceptivos, colocar dispositivos intrauterinos (DIU) y realizar consultas que permitan detectar precozmente el cáncer cérvico-uterino y mamario a fin de lograr una derivación rápida al especialista que corresponda según cada situación. Así, cada vez más lejos de ser consideradas meras colaboradoras del médico durante el parto, las obstétricas se afirman como parte del equipo multidisciplinario que atiende a las mujeres durante todo el ciclo de su salud reproductiva y sexual.
Fuente: Mirada Profesional
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