TSJ DE LA RIOJA
Condena por daño moral derivado de los efectos secundarios de un fármaco
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha condenado al Servicio Riojano de Salud a pagar 40.000 euros a un paciente por los daños morales sufridos tras una intervención donde se le administró un medicamento que le produjo efectos secundarios.
Europa Press. Logroño | 26/10/2011 00:00
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha condenado al Servicio Riojano de Salud a pagar una indemnización de 40.000 euros a un paciente por los daños morales sufridos tras una intervención donde se le administró un medicamento que le produjo efectos secundarios.
La sentencia admite que existe una relación de causalidad entre la administración del medicamento y las dolencias que padece, por lo que "ha de concluirse que el demandante ha sufrido un daño moral por frustración del derecho a la autodeterminación sanitaria".
Según los hechos, el paciente fue atendido en la consulta de Urología de un hospital por un dolor inguinal. A los pocos días fue intervenido, y se le dio de alta por mejoría cuatro días después.
Posteriormente el paciente presentó un cuadro de dolor en la zona inguinal de predominio izquierdo, acompañado de dolor a nivel lumbar bajo, coxígeo con irradiación a ambas piernas, por lo que desde el servicio de Urología se le derivó al servicio de Neurología. Tras la oportuna exploración y pruebas complementarias, se inició tratamiento con un medicamento que le produjo los efectos secundarios. A las tres semanas acudió a Urgencias por un principio de debilidad en las cuatro extremidades, donde se le diagnosticó mioclonias con efecto secundario de tratamiento con pregabalina, por lo que se pautó la retirada paulatina del fármaco hasta su supresión total, pese a lo cual los movimientos anormales no mejoraron.
No hubo mala praxis
La sentencia afirma que "no se puede determinar que haya existido una mala praxis médica, estimando que se ha dado al paciente la prestación médica adecuada con los medios disponibles del sistema sanitario".
El paciente reclamó 400.000 euros al servicio de salud y a la compañía de seguros, demanda que le fue denegada, si bien la Sala de lo Contencioso-administrativo del tribunal autonómico determina que existió daño moral al demandante y condena al Seris a pagar una indemnización de 40.000 euros.
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