Expertos en derecho farmacéutico opinan que hay que resolver y afinar sobre los interrogantes que deja abiertos la implantación del RDL 9/2011
Madrid (27/10/2011) - Silvia C.Carpallo
La posible inequidad según la interpretación de las CC.AA, como afrontará el farmacéutico su nuevo papel decisorio, las equivocaciones que se puedan generar en la medicación en el caso de pacientes polimedicados de avanzada edad, o la falta de concreción ante cuáles serán las excepciones en el caso de prescripción por marca por necesidades terapéuticas son algunos de los interrogante sin resolver que se debatían en la jornada organizada por CEFI para realizar un análisis jurídico del RDL 9/2011
Mucha confusión. Esa la sensación generalizada que el sector farmacéutico tiene ante la inminente entrada en vigor del Real Decreto Ley 9/2011, sobre el que aún hay muchos interrogantes abiertos, que tendrán que verse en la práctica. Con el objetivo de ir aclarando algunas dudas, el Centro de Estudios para el Fomento de la Investigación (CEFI) ha realizado una jornada para realizar un análisis jurídico de las medidas que afectan a la prestación farmacéutica. Si bien el sector ve como comprensible la necesidad de generar ahorros dentro de las partidas de gasto farmacéutico, consideran que "ante la magnitud del ahorro, conviene invertir en cubrir los detalles y asegurar que la implementación de estas medias sean lo más suave posible", según iniciaba el debate Jordi Faus, abogado socio de Faus & Moliner. En realidad, se tiene la sensación de que se han hecho las cosas rápido y mal, y que esto va a tener luego consecuencias y errores que emendar, "hay tantas medidas de precio que acabarán siendo incompatibles unas con otras", apuntaba en este sentido Irene Andrés, de CEFI.
Dos de las cuestiones que más preocupan es si se va a producir una inequidad en la implementación según la interpretación que haga cada Comunidad Autónoma, y la responsabilidad que recae sobre el farmacéutico, ya que él debe ser el último decisor, puesto que la prescripción es por principio activo, pero la dispensación sí puede ser por marca, y no exclusivamente por genérico, en caso de precio menor. Entre estas cuestiones está la interpretación que se haga de la excepción de prescripción por marca en el caso de necesidad terapéutica, para la cual, se pide que sea el propio Ministerio de Sanidad quien marque un poco más los límites. Igualmente, Fuaus lanzaba la pregunta al auditorio de que, en el caso de que el farmacéutico no tenga en stock el medicamento de precio menor, y por tanto, opte por dispensar el siguiente medicamento del escalón de precios, "¿quién y cómo se determinará si el farmacéutico puede pasar al del precio mayor?".
Otro vacío que se generaba, era el de la posibilidad de caer en prácticas de competencia desleal, ya que, tras la repesca, si algún laboratorio rebaja el precio por debajo del precio menor, le situaría como el menor de la lista, y por tanto, podría llevarse toda la facturación de las recetas de ese principio activo. "Hay que afinar en resolver estos interrogantes, intentando no perjudicar ni la seguridad jurídica ni la salud de los pacientes", insistía Faus.
El abogado, al igual que el resto de ponentes, echaba una mirada atrás hacía los RDL 4/2010 y RDL 8/2010, en los que se aseguraba que si un fármaco tenía menos de 10 años de patente no entraba dentro del sistema de precios de referencia (SPR), y que sin embargo, en menos de un año, esto fármacos han pasado a entrar dentro de los listados de grupos homogéneos, lo que provoca, que en caso de no bajar el precio, este fármaco no va a ser dispensado, y por lo tanto, ahora, quedaría fuera del mercado. Otro asunto es que "se elimina la discriminación positiva frente al genérico", tal y como recordaba Luis Fernández Novoa, socio de Hoyng Monegier, que por otra parte, resulta un paso lógico tras haber igualado precios con los medicamentos de marca.
Repercusión en la salud del paciente
Luis Fernández Novoa ponía el acento en los problemas que esta nueva legislación pueden producir directamente en la salud de pacientes crónicos polimedicados de avanzada edad, "por las equivocaciones que generen las variaciones en su medicación". Para ello, como solución, creía que "se debe fomentar el sistema personal de dispensación para evitar errores". Sobre la influencia de este decreto en el paciente, Jordi Faus también exponía el interrogante de "cómo conciliar el sistema con el derecho del paciente a elegir tratamiento si es a igual precio, ¿por qué no puede extenderse esto al tratamiento farmacológico?".
Por último, también se debatía sobre los productos que pasarán a ser de dispensación hospitalaria. Dado el caso de que con el objetivo de ahorrar en sus propias partidas, las Comunidades Autónomas ya habían dado pasos unilaterales en este sentido, el Ministerio ha querido realizar una acción de conformidad para todos, y por ello se están decidiendo que productos serán y cuáles no serán de dispensación hospitalaria, para que todas las CC.AA se rijan por este mismo listado.
Dos de las cuestiones que más preocupan es si se va a producir una inequidad en la implementación según la interpretación que haga cada Comunidad Autónoma, y la responsabilidad que recae sobre el farmacéutico, ya que él debe ser el último decisor, puesto que la prescripción es por principio activo, pero la dispensación sí puede ser por marca, y no exclusivamente por genérico, en caso de precio menor. Entre estas cuestiones está la interpretación que se haga de la excepción de prescripción por marca en el caso de necesidad terapéutica, para la cual, se pide que sea el propio Ministerio de Sanidad quien marque un poco más los límites. Igualmente, Fuaus lanzaba la pregunta al auditorio de que, en el caso de que el farmacéutico no tenga en stock el medicamento de precio menor, y por tanto, opte por dispensar el siguiente medicamento del escalón de precios, "¿quién y cómo se determinará si el farmacéutico puede pasar al del precio mayor?".
Otro vacío que se generaba, era el de la posibilidad de caer en prácticas de competencia desleal, ya que, tras la repesca, si algún laboratorio rebaja el precio por debajo del precio menor, le situaría como el menor de la lista, y por tanto, podría llevarse toda la facturación de las recetas de ese principio activo. "Hay que afinar en resolver estos interrogantes, intentando no perjudicar ni la seguridad jurídica ni la salud de los pacientes", insistía Faus.
El abogado, al igual que el resto de ponentes, echaba una mirada atrás hacía los RDL 4/2010 y RDL 8/2010, en los que se aseguraba que si un fármaco tenía menos de 10 años de patente no entraba dentro del sistema de precios de referencia (SPR), y que sin embargo, en menos de un año, esto fármacos han pasado a entrar dentro de los listados de grupos homogéneos, lo que provoca, que en caso de no bajar el precio, este fármaco no va a ser dispensado, y por lo tanto, ahora, quedaría fuera del mercado. Otro asunto es que "se elimina la discriminación positiva frente al genérico", tal y como recordaba Luis Fernández Novoa, socio de Hoyng Monegier, que por otra parte, resulta un paso lógico tras haber igualado precios con los medicamentos de marca.
Repercusión en la salud del paciente
Luis Fernández Novoa ponía el acento en los problemas que esta nueva legislación pueden producir directamente en la salud de pacientes crónicos polimedicados de avanzada edad, "por las equivocaciones que generen las variaciones en su medicación". Para ello, como solución, creía que "se debe fomentar el sistema personal de dispensación para evitar errores". Sobre la influencia de este decreto en el paciente, Jordi Faus también exponía el interrogante de "cómo conciliar el sistema con el derecho del paciente a elegir tratamiento si es a igual precio, ¿por qué no puede extenderse esto al tratamiento farmacológico?".
Por último, también se debatía sobre los productos que pasarán a ser de dispensación hospitalaria. Dado el caso de que con el objetivo de ahorrar en sus propias partidas, las Comunidades Autónomas ya habían dado pasos unilaterales en este sentido, el Ministerio ha querido realizar una acción de conformidad para todos, y por ello se están decidiendo que productos serán y cuáles no serán de dispensación hospitalaria, para que todas las CC.AA se rijan por este mismo listado.
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