viernes, 21 de octubre de 2011

Magistrados del TS vislumbran un futuro sin juicios sanitarios - DiarioMedico.com

CONGRESO NACIONAL DE DERECHO SANITARIO

Magistrados del TS vislumbran un futuro sin juicios sanitarios

La Sala Contenciosa emitió un importante número de fallos médicos en forma de reclamaciones de responsabilidad patrimonial en el último año, cuando el límite mínimo para recurrir todavía estaba en 150.000 euros. En el orden penal no hubo ninguna sentencia y en el social, dos.

S. Valle   |  21/10/2011 00:00
 

 
Alfonso Atela, Milagros Calvo, José Manuel Maza, José Carlos López, y Juan José González
La mesa sobre novedades jurisprudenciales moderada por Alfonso Atela, abogado experto en Derecho Sanitario, en el centro. A la derecha de la imagen, los magistrados del Tribunal Supremo Milagros Calvo, de la Sala Social, y José Manuel Maza, de la Penal. A la izquierda, José Carlos López, de la Sala Civil, y Juan José González, de la Sala Contenciosa-administrativa. (José Luis Pindado)
 
En el último año la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no juzgó ningún caso sobre cuestiones sanitarias y la Sala de lo Social resolvió dos reclamaciones laborales de médicos residentes, mientras a la Contenciosa-administrativa llegaron un importante número de demandas por responsabilidad patrimonial, cuando la cuantía mínima para estos recursos estaba en 150.000 euros.

Este fue el balance que ofrecieron magistrados de los distintos órdenes jurisdiccionales del alto tribunal durante sus intervenciones en la vigésimo octava edición del Congreso Nacional de Derecho Sanitario, que se ha celebrado en el Colegio de Médicos de Madrid (ver página 4).

José Carlos López Martínez, magistrado letrado del gabinete técnico de la Sala Civil del Tribunal Supremo, José Manuel Maza Martín, de la Sala Penal, Juan José González Rivas, de la Sala Contenciosa-administrativa, y Milagros Calvo Ibarlucea, de la Sala Social, fueron los magistrados que intervinieron en la mesa sobre las novedades jurisprudenciales en materia sanitaria, que moderó Alfonso Atela, abogado experto en Derecho Sanitario.

En el orden Civil, López Martínez apuntó que el alto tribunal "ha mitigado la doctrina del daño desproporcionado cuando hay una causa que explique ese daño", y añadió que "en esa disonancia entre el riesgo y el resultado no hay que atender sólo al acto médico principal (a la intervención que suele motivar la reclamación), sino a otras cuestiones como la anestesia o los problemas de salud que arrastre el paciente".

El derecho a la salud

López Martínez insistió en que la obligación del médico es de medios y no de resultados, lo que también se aplica en las intervenciones estéticas. El magistrado aclaró que la distinción entre medicina satisfactiva y curativa ha quedado eliminada con el reconocimiento del derecho a la salud como un derecho integral de la persona en el que está incluido su aspecto físico.

A continuación intervino Maza Martín, de la Sala de lo Penal, quien señaló que en su jurisdicción no se veía cuestiones sanitarias por la restricción que existe sobre el recurso de casación en el ámbito penal: "La sensación es que estos recursos no llegan al Supremo", dijo. Además, destacó la desproporción entre el número de querellas sanitarias que admiten y las pocas que son juzgadas por tribunales penales, pues, según señaló, todas terminan archivadas o pasan a otros ámbitos jurisdiccionales como el civil o el contencioso. El magistrado consideró necesario terminar con esa situación en la que se "utiliza la vía penal para otros intereses más espurios" y conlleva un "exceso de trabajo en cuestiones que terminan en otras vías judiciales".

En este punto, Atela preguntó a los magistrados sobre si consideraban que la nueva ley de agilización procesal reduciría el número de casos que llegaran al Tribunal Supremo. Los magistrados presentes admitieron la observación del abogado. Gónzalez Rivas puntualizó en su presentación que los numerosos recursos que la Sala Contenciosa resolvió eran cuando la cuantía para recurrir no estaba en 600.000 euros.

Una posible excepción
Sin embargo, en esta sospecha fundada de que en el futuro el Tribunal Supremo tratará menos casos médicos, la magistrada Calvo Ibarlucea, de la Sala de lo Social, planteó una duda: "Es posible que en la jurisdicción social entren cuestiones que no estaban llegando, pues en la ley de agilización procesal figura que van a ser competencia del orden social las reclamaciones en el cumplimiento de las obligaciones en la prevención de riesgos laborales tanto en el ámbito público como en el privado".
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