Nuevo Código de Deontología de la Organización Médica Colegial 2011
Octubre 2011 - Marcos Gómez Sancho, presidente de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial
El día 9 de julio la Asamblea General de la Organización Médica Colegial aprobó por una abrumadora mayoría el nuevo "Código de Deontología Médica–Guía de Ética Médica", cerrando así un periodo de dos años y medio de trabajo de la Comisión Central de Deontología. No se trata de una actualización del anterior, de 1999, sino de uno nuevo. El Código de 1999 era bueno, pero en los últimos años la Medicina ha cambiado de tal manera que los documentos quedan obsoletos cada vez más deprisa. La Medicina ha cambiado más en los últimos 50 años que en los 50 siglos precedentes y estos cambios llevan cada vez un ritmo mayor
Como datos relevantes, el nuevo Código tiene 5 capítulos nuevos, que son los siguientes:
•Objeción de conciencia
•Atención médica al final de la vida
•Pruebas genéticas
•Dopaje deportivo
•Docencia médica
Además de estos 5 capítulos, el actual Código incorpora 25 artículos y 107 puntos nuevos. Es decir, en contenido supone casi el doble que el anterior.
Como vemos, todos ellos son de una gran actualidad y de una importancia creciente en la Medicina de hoy. Cuesta creer que en el año 1999, hace nada, alguno de estos asuntos no tuvieran apenas relevancia. Es la primera vez, por ejemplo, que un Código se contempla la objeción de conciencia, cuando hace un par de años el ministro de Justicia dijo públicamente que jamás habría objeción de conciencia para los médicos. La respuesta desde nuestra Organización fue unánime y contundente y sin lugar a dudas éste ha sido un factor importante en el cambio de actitud de las autoridades. Sin embargo, éste debe ser solamente el comienzo de algo muy importante, que genera muchos conflictos y que de alguna manera se tiene que regular. No obstante, conviene recordar que entre el Código de 1999 y el de 2011 la Comisión Central de Deontología ha elaborado numerosas Declaraciones que tienen el mismo rango que el Código (una de ellas, precisamente, sobre la objeción de conciencia en el año 2009).
El nuevo texto contiene una separación absoluta entre Deontología y Legislación: no recoge referencias a preceptos legales ni discrepancias con las leyes. Las normas que contiene poseen un valor superior y más permanente que las normas jurídicas. Es un exponente del compromiso del médico con los pacientes y con la sociedad, más allá de lo que exigen las leyes.
Es un Código exigente y lleva implícito un nivel de auto exigencia muy grande para el médico. Así, por ejemplo, en uno de los puntos que ha despertado un mayor debate, se dice: "El médico deberá asumir las consecuencias negativas de sus actuaciones y errores, ofreciendo una explicación clara, honrada, constructiva y adecuada." (Art. 17.1). Es ésta una señal inequívoca del compromiso del médico con la sociedad y con el paciente. Además, sabemos que la inmensa mayoría de las denuncias contra los médicos tienen su origen en una deficiente relación médico-enfermo y en una comunicación inadecuada. Ante un error, es muy frecuente (y muy humano, por cierto) desaparecer de la escena, lo que aumenta el malestar dej enfermo y sus familiares. Si todos siguiéramos a partir de ahora este nuevo precepto, sin lugar a dudas las denuncias contra nosotros disminuirían de forma considerable. En cualquier caso se ha mantenido como prioritario la redacción sencilla y concisa teniendo en cuenta que tiene que poder ser comprendido, no sólo por los médicos, sino también por los ciudadanos.
Es un trabajo consecuencia de la independencia, seriedad y compromiso ético de todos: Comisión Central de Deontología, Comisión Permanente y Asamblea General de la OMC. Se caracteriza nuestro texto por su independencia absoluta (de personas, ideologías o creencias). Solamente se han tenido en cuenta criterios profesionales.
Creemos, en fin, que es un Código muy bueno, avanzado, práctico y que puede ser asumido por la mayoría de los médicos españoles (es imposible que todos estemos de acuerdo con todo). Siempre fuimos respetuosos con las discrepancias y con la conciencia y opiniones diversas del amplio colectivo médico.
Quiero agradecer, en nombre de todos los miembros de la Comisión Central de Deontología, el apoyo constante de la Comisión Permanente y Asamblea General de la OMC y la colaboración de los Colegios provinciales. Dos veces se ha enviado el borrador a todos los Colegios de España para pedirles aportaciones y sugerencias de cambios y veintisiete de ellos nos han enviado alegaciones, que se han tenido en cuenta en la mayoría de los casos y, que sin lugar a dudas, son aportaciones que han enriquecido el texto final. Todas las discrepancias restantes fueron votadas en la Asamblea General, una por una, secretamente tras exposición de las razones que asistían a cada una de ellas.
Esta cantidad de aportaciones que han hecho tantos Colegios provinciales (algo nunca visto hasta ahora) es, además, un claro indicativo del interés creciente de los médicos por la Ética y la Deontología médicas.
La existencia de un Código de Deontología, que obliga a cumplirlo a todos los médicos colegiados, es el mejor argumento para exigir la colegiación universal.
•Objeción de conciencia
•Atención médica al final de la vida
•Pruebas genéticas
•Dopaje deportivo
•Docencia médica
Además de estos 5 capítulos, el actual Código incorpora 25 artículos y 107 puntos nuevos. Es decir, en contenido supone casi el doble que el anterior.
Como vemos, todos ellos son de una gran actualidad y de una importancia creciente en la Medicina de hoy. Cuesta creer que en el año 1999, hace nada, alguno de estos asuntos no tuvieran apenas relevancia. Es la primera vez, por ejemplo, que un Código se contempla la objeción de conciencia, cuando hace un par de años el ministro de Justicia dijo públicamente que jamás habría objeción de conciencia para los médicos. La respuesta desde nuestra Organización fue unánime y contundente y sin lugar a dudas éste ha sido un factor importante en el cambio de actitud de las autoridades. Sin embargo, éste debe ser solamente el comienzo de algo muy importante, que genera muchos conflictos y que de alguna manera se tiene que regular. No obstante, conviene recordar que entre el Código de 1999 y el de 2011 la Comisión Central de Deontología ha elaborado numerosas Declaraciones que tienen el mismo rango que el Código (una de ellas, precisamente, sobre la objeción de conciencia en el año 2009).
El nuevo texto contiene una separación absoluta entre Deontología y Legislación: no recoge referencias a preceptos legales ni discrepancias con las leyes. Las normas que contiene poseen un valor superior y más permanente que las normas jurídicas. Es un exponente del compromiso del médico con los pacientes y con la sociedad, más allá de lo que exigen las leyes.
Es un Código exigente y lleva implícito un nivel de auto exigencia muy grande para el médico. Así, por ejemplo, en uno de los puntos que ha despertado un mayor debate, se dice: "El médico deberá asumir las consecuencias negativas de sus actuaciones y errores, ofreciendo una explicación clara, honrada, constructiva y adecuada." (Art. 17.1). Es ésta una señal inequívoca del compromiso del médico con la sociedad y con el paciente. Además, sabemos que la inmensa mayoría de las denuncias contra los médicos tienen su origen en una deficiente relación médico-enfermo y en una comunicación inadecuada. Ante un error, es muy frecuente (y muy humano, por cierto) desaparecer de la escena, lo que aumenta el malestar dej enfermo y sus familiares. Si todos siguiéramos a partir de ahora este nuevo precepto, sin lugar a dudas las denuncias contra nosotros disminuirían de forma considerable. En cualquier caso se ha mantenido como prioritario la redacción sencilla y concisa teniendo en cuenta que tiene que poder ser comprendido, no sólo por los médicos, sino también por los ciudadanos.
Es un trabajo consecuencia de la independencia, seriedad y compromiso ético de todos: Comisión Central de Deontología, Comisión Permanente y Asamblea General de la OMC. Se caracteriza nuestro texto por su independencia absoluta (de personas, ideologías o creencias). Solamente se han tenido en cuenta criterios profesionales.
Creemos, en fin, que es un Código muy bueno, avanzado, práctico y que puede ser asumido por la mayoría de los médicos españoles (es imposible que todos estemos de acuerdo con todo). Siempre fuimos respetuosos con las discrepancias y con la conciencia y opiniones diversas del amplio colectivo médico.
Quiero agradecer, en nombre de todos los miembros de la Comisión Central de Deontología, el apoyo constante de la Comisión Permanente y Asamblea General de la OMC y la colaboración de los Colegios provinciales. Dos veces se ha enviado el borrador a todos los Colegios de España para pedirles aportaciones y sugerencias de cambios y veintisiete de ellos nos han enviado alegaciones, que se han tenido en cuenta en la mayoría de los casos y, que sin lugar a dudas, son aportaciones que han enriquecido el texto final. Todas las discrepancias restantes fueron votadas en la Asamblea General, una por una, secretamente tras exposición de las razones que asistían a cada una de ellas.
Esta cantidad de aportaciones que han hecho tantos Colegios provinciales (algo nunca visto hasta ahora) es, además, un claro indicativo del interés creciente de los médicos por la Ética y la Deontología médicas.
La existencia de un Código de Deontología, que obliga a cumplirlo a todos los médicos colegiados, es el mejor argumento para exigir la colegiación universal.
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