domingo, 8 de julio de 2012

El dependiente avalará con su casa el pago de los servicios - DiarioMedico.com

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COPAGO SEGÚN LA RENTA Y EL PATRIMONIO

El dependiente avalará con su casa el pago de los servicios

Sanidad implantará un copago progresivo en función de la renta y el patrimonio del dependiente, que podría tener que sufragar hasta el 90 por ciento del coste del servicio. Si no puede pagar todo lo que le correspondería, adquirirá una deuda avalada con su patrimonio.
L.G.I. | 06/07/2012 00:00



El próximo viernes el Consejo de Ministros aprobará una reforma de la Ley de Depenencia y establecerá el copago en este servicio. Pero los primeros detalles sobre las intenciones del Gobierno ya han trascendido. El borrador del decreto que regulará la aportación del dependiente al coste de los servicios recibidos prevé fijar un porcentaje de copago diferente para cada dependiente en función de su renta y de su patrimonio. En caso de que la renta del dependiente no sea suficiente para satisfacer los pagos que le correspondan teniendo en cuenta también su patrimonio, adquirirá una deuda con cargo a su patrimonio, es decir, en la mayor parte de los casos a su vivienda.

José Manuel Ramírez, presidente de la Asociación de Directivos y Gerentes de Servicios Sociales, explica que "esto representa un cambio de modelo importantísimo. Se trata de la famosa hipoteca inversa. Cuando fallezca el dependiente los herederos se van a encontrar con un verdadero problema porque se les dirá, por ejemplo, que el fallecido debe a la Administración 30.000 euros y que o los satisfacen o subastan la vivienda para pagarlos con ellos".

Concretamente, el texto del decreto fija un complicado entramado de fórmulas que, básicamente, calculan, por un lado, la capacidad económica del usuario (en función de su renta a la que se sumaría el 5 por ciento de su patrimonio, esto es, del valor catastral de su vivienda en la mayor parte, de los casos). De otro lado, se establece el coste de referencia de los servicios, que se fija entre 1.100 y 1.600 euros mensuales para la atención en residencias y, en el caso de discapacidad, entre 1.540 y 2.240 euros mensuales.

A estos dos conceptos, la capacidad económica del usuario según renta y patrimonio y el coste del servicio, se añade un tercer término: la cantidad mínima garantizada a cada dependiente en función del coste del servicio recibido, cuantía que no se detalla en el texto.

Y a partir de ahí se calcula el copago del dependiente con la resta entre su capacidad económica y la cantidad mínima garantizada. Es decir, si el dependiente carece de recursos la resta saldría negativa y, por tanto, no tendría que pagar nada. Por el contrario, si su capacidad económica (teniendo en cuenta su patrimonio) supera la cantidad mínima que financiará la Administración sobre el coste de cada servicio, el paciente deberá pagar, incluso si eso supone endeudarse a futuro con cargo a su vivienda.

Hasta el 90% del coste
El texto deja abierta la puerta a que, con esta fórmula, el dependiente llegue a pagar de su bolsillo hasta el 90 por ciento de todo el coste del servicio. Ramírez explica al respecto que "esperamos que se refiera sólo a los gastos de manutención y hostelería, pero no a todo, porque sería imposible".

Esta misma idea se utiliza para sufragar el resto de servicios cuyo coste se estima en 14 euros por hora para la atención personal a domicilio y 9 para las tareas domésticas. En los centros de día y de noche el coste de referencia se fija en 650 euros mensuales.

No habrá niveles dentro de cada grado

Los cambios previstos en la aplicación de la Ley de Dependencia incluyen la eliminación de los niveles dentro de cada grado de dependencia (ver DM del 3-VII-2012) y el retraso de la incorporación de los dependientes de Grado I hasta 2014. Además se prevé primar en la financiación a las autonomías que ofrezcan servicios por encima de las que sólo aportan ayudas económicas directas.

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