lunes, 16 de julio de 2012

Requisitos para el cierre de una consulta - DiarioMedico.com

Requisitos para el cierre de una consulta - DiarioMedico.com

ADMINISTRACIÓN

Requisitos para el cierre de una consulta

Tengo 64 años y una consulta privada en Jaén, pero me veo en la necesidad de cerrar. ¿Antes de hacerlo estoy obligado a comunicarlo en el Registro de Centros Sanitarios de la Delegación de Salud?
J.F. (Jaén)   |  16/07/2012 00:00


El Decreto 69/2008, de 26 de febrero, de la Consejería de Salud, por el que se establecen los procedimientos de las autorizaciones sanitarias de Andalucía, en su artículo 17.4, referido al cierre de consultas, recoge que no es necesario contar con una autorización previa. No obstante, deberá comunicarse previamente al órgano competente, que en este caso es la Delegación Provincial de la Consejería de Salud de Andalucía en Jaén, donde radica la clínica, a efectos de su anotación registral.

Por tanto, basta con poner de manifiesto en el Registro de Centros Sanitarios de la Delegación Provincial que va a proceder al cierre de la consulta, cumplimentando el debido modelo normalizado.

No hay comentarios: