El Parlamento de Cataluña convalida el decreto de prestaciones de incapacidad temporal de empleados públicos
Barcelona (01-02/11/2012) - E.P.
Según la votación favorable en la Diputación Permanente, se retribuirá el cien por cien del sueldo a partir de la tercera semana de baja
El decreto fija que se deben abonar los complementos de acuerdo con los límites máximos que establece la ley para no penalizar las enfermedades de larga duración. Así, del primer al tercer día de baja se cobrará el 50 por ciento de la retribución, del cuarto al día 20 un 75 por ciento del sueldo, y a partir del día 21 y durante todo el periodo de incapacidad temporal el 100 por cien.
El decreto ley también dicta que se pagará la retribución completa en los supuestos excepcionales de bajas por maternidad y las motivadas por situaciones de violencia de género, y se mantiene en el caso de contingencias profesionales.
La vicepresidenta del Govern, Joana Ortega, ha argumentado que el decreto pretende evitar la discriminación de los empleados públicos de la Generalitat frente al resto del Estado, y ha celebrado el acuerdo que se alcanzó el 20 de septiembre con los sindicatos de la Mesa General de los Empleados Públicos.
"Las negociaciones nunca han faltado, aunque desgraciadamente, a pesar de los esfuerzos, no siempre ha habido acuerdos, pero sí diálogo", ha subrayado Ortega.
El decreto ha sido convalidado con 20 votos a favor (de CiU, PSC, PP e ICV-EUiA), uno en contra de SI y dos abstenciones de ERC. Los representantes de CiU, PSC, PP e ICV-EUiA han votado a favor porque el decreto mejora las retribuciones de los empleados públicos en los casos de incapacidad temporal respecto a la ley anterior.
CiU, PSC, PP e ICV-EUiA han celebrado el acuerdo alcanzado en la Mesa General de los Empleados Públicos, mientras que ERC y SI han reprochado al Govern que haya aceptado una "invasión competencial" por parte del Gobierno central.
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