CONOCER LOS RIESGOS
El documento pre-epidural no suple el consentimiento
En dicho escrito "no se recoge una información veraz", señala el fallo. La Audiencia de Navarra condena a pagar 70.000 euros de indemnización.
Diego Carrasco. Madrid | diego.carrasco@diariomedico.com | 01/10/2014 00:00
"El documento preanestésico firmado por la paciente en ningún caso tiene el carácter de consentimiento informado en los términos que exige nuestra jurisprudencia porque no se recoge una información veraz y clara sobre las características de la anestesia epidural". Esta ha sido la argumentación que la Audiencia Provincial de Navarra ha utilizado para condenar a a la aseguradora de un médico a pagar una indemnización de 70.000 euros por los daños y perjuicios provocados a la paciente.
El tribunal navarro ha estudiado el caso de una mujer que al iniciarse el parto en el hospital le fue entregado un cuestionario preanestésico que debía rellenar antes de que se le aplicara la anestesia epidural. A las pocas horas de dar a luz la paciente empezó a sufrir una cefalea importante que aumentaba cuando se ponía de pie. Más adelante padeció mareos, náuseas, fotofobia, etcétera. Dos meses después del parto, la reclamante acudió a Urgencias y fue remitida al servicio de Neurología donde se le practicó un RMN craneal con resultado de "síndrome de líquido cefalorraquídeo". Según se desprende de la demanda, "este diagnóstico tiene su origen en el orificio producido en la duramadre durante el acto anestésico".
Desde entonces, la cefalea que padece la reclamante fue causa de constantes atenciones médicas hasta que en abril de 2009 se le practicó el primer parche hepático. Asimismo, tiene secuelas crónicas que afectan gravemente a su vida normal y a su salud psíquica. Por todas razones, la paciente consideró que había existido una actuación negligente del Servicio Navarro de Salud (SNS), ya que incumplió el deber de informar a la parturienta del procedimiento anestésico por bloqueo epidural y de sus riesgos y alternativas a dicho procedimiento.
Por su parte, el SNS explicó en el juicio que "la paciente conocía perfectamente los riegos derivados de dicha anestesia porque había utilizado esta técnica en dos ocasiones anteriores". Además, la entidad gestora aportó el cuestionario preanestésico, donde aparece la firma de la paciente que autoriza la intervención después de haber sido plenamente informada sobre los beneficios y posibles riesgos de las diferentes técnicas de analgesia en el parto.
Incompleta
Los magistrados de la Audiencia Provincial de Navarra, que acogen los argumentos esgrimidos por José Antonio de Arístegui, experto en responsabilidad médica, consideran probado que "no consta que la paciente recibiera toda la información y conocimiento para manifestar un consentimiento expreso a dicha práctica médica".
Los magistrados de la Audiencia Provincial de Navarra, que acogen los argumentos esgrimidos por José Antonio de Arístegui, experto en responsabilidad médica, consideran probado que "no consta que la paciente recibiera toda la información y conocimiento para manifestar un consentimiento expreso a dicha práctica médica".
Por tanto, "teniendo en cuenta el rigor formalista que tanto la legislación como la jurisprudencia atribuyen al consentimiento informado entendemos que el cuestionario preanestésico en ningún caso puede sustituir al consentimiento informado". En consecuencia, "procede condenar a la compañías aseguradora por falta de información".
La Sala consideró "esencial" en este caso la declaración como testigo de un facultativo que informó sobre el protocolo de actuación que se sigue en estos supuestos: "La información a la paciente se da en los cursos de preparación al parto en los que se rellena el cuestionario y se firma". "Es la matrona quien se encarga de dar la información, pero sólo a quien lo solicita". Del expediente administrativo se desprende que "la reclamante no acudió a dicho curso de preparación al parto, por lo que no consta que dicho tríptico le hubiera sido entregado ni mucho menos que ésta lo hubiera firmado o aceptado".
Sin embargo, la aseguradora argumentó que la paciente, al tener dos partos anteriores con epidural, tenía experiencia y conocía los riesgos de la anestesia con epidural.
Buena praxis
En otro orden de cosas, la Audiencia Provincial de Navarra explica que "no hay prueba que acredite la mala praxis, ya que todas las opiniones médicas vertidas en el acto del juicio insisten en considerar que la actuación de los profesionales fue la correcta". "De forma que las lesiones sufridas por la paciente son unos riesgos más frecuentes que se derivan de la anestesia epidural sin que desgraciadamente se pueda evitar", concluye la sentencia.
En otro orden de cosas, la Audiencia Provincial de Navarra explica que "no hay prueba que acredite la mala praxis, ya que todas las opiniones médicas vertidas en el acto del juicio insisten en considerar que la actuación de los profesionales fue la correcta". "De forma que las lesiones sufridas por la paciente son unos riesgos más frecuentes que se derivan de la anestesia epidural sin que desgraciadamente se pueda evitar", concluye la sentencia.
Un daño moral que los jueces indemnizan
Una de las condenas más frecuentes de los tribunales tienen que ver con la ausencia de consentimiento informado. Si ha habido buena praxis se indemniza por daño moral. Esta tesis fue utilizada por el TSJ de Castilla-La Mancha que condenó al Sescam a indemnizar con 60.000 euros a una paciente por la neuropatía crónica del nervio peroneo que le quedó tras una operación de tobillo. Y ello porque no fue informada del riesgo derivado de la operación quirúrgica. También se condena la falta de consentimiento por pérdida de oportunidad.
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