jueves, 12 de diciembre de 2013

El derecho a la salud debe dotarse de un contenido mínimo - DiarioMedico.com

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asistencia sanitaria

El derecho a la salud debe dotarse de un contenido mínimo

Juristas debaten sobre las garantías de una cobertura de atención sanitaria, que aunque pueda reducirse por falta de recursos, tenga un suelo claro fijado por el Parlamento y no por los jueces.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  11/12/2013 00:00



Las conquistas sociales no son irreversibles y quedan vinculadas a la disponibilidad de recursos. Desde este punto de partida, Federico de Montalvo, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Pontificia de Comillas Icai-Icade y vicepresidente del Comité de Bioética de España, planteó la necesidad de que el Parlamento español dote de un contenido mínimo al derecho a la asistencia sanitaria que, como derecho social, admite recortes. Esta reflexión formó parte de su intervención en la mesa sobre los Límites constitucionales en la configuración del derecho a la salud: el marco nacional y europeo, dentro de la jornada sobre Derecho a la Salud, ¿Realidad o mito?, celebrada en la sede que la Universidad Pontificia de Comillas tiene en la calle Alberto Aguilera, de Madrid.

De Montalvo señaló que en la actualidad son los jueces quienes están decidiendo sobre el contenido mínimo e irrenunciable que debe tener el derecho a la salud, algo que, a su modo de ver, "no les corresponde, pues esta labor la debe hacer el Parlamento, alcanzando un pacto entre los partidos, pues se trata de que este acuerdo dure en el tiempo".

Como ejemplo de hasta qué punto son los jueces los que están construyendo el contenido del derecho a la salud, Josefa Cantero, presidenta de la Asociación Juristas por la Salud, puso el ejemplo del auto dictado por el Tribunal Constitucional a favor de mantener en vigor la norma vasca que permite la atención al inmigrante sin papeles, en contra de lo recogido en el Real Decreto-Ley 16/2012.


Motivación económica
La decisión de la más alta instancia judicial es, a juicio de Cantero, muy reveladora pues no reconoce la motivación económica que sustenta la exclusión del citado colectivo social de la atención sanitaria. "El Constitucional en su auto se refiere al dudoso ahorro que generaría la medida, relacionándolo con el grave problema de salud pública que podría producir", apuntó.

La experta en leyes anunció la contradicción de la norma en su justificación económica, apuntando que "si lo que se pretende es ahorrar excluyendo a los inmigrantes ilegales, por qué, entonces, la norma amplía la cobertura a los rentistas que perciben unas ingresos anuales de hasta 100.000 euros; una medida poco compatible con el concepto de justicia social", añadió.

De Montalvo recordó que el Constitucional todavía tiene pendiente resolver sobre el fondo de esta cuestión. Sin aventurar con claridad cuál podría ser la sentencia definitiva que cierre el caso, el profesor de Derecho Constitucional puso el acento en "el temor expresado por los jueces ante el riesgo de una epidemia, al dejar sin atención sanitaria a los sin papeles", que, a su juicio, es el argumento fundamental que sostiene el auto que admite la disidencia del Gobierno vasco.

Sin salirse del ámbito sanitario, De Montalvo recordó que en la jurisprudencia más reciente del Tribunal Constitucional figura una sentencia que deja claro que el Estado no tiene la obligación de prestar de manera directa los servicios sanitarios. Es decir, que aunque el sector público sea el responsable de ofrecer una cobertura sanitaria que respete el derecho a la salud, puede delegar esa atención.

El auto que admitió la excepción en el País Vasco

El Tribunal Constitucional admitió la atención a los inmigrantes en el País Vasco, argumentando que "la importancia de los intereses en juego -el derecho a la salud y el derecho a la integridad física de las personas afectadas-, así como la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad", prevalencen a "un eventual ahorro económico".

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