la columna invitada
Urgencias, el entorno europeo y la directiva de 2005
por Juan Jorge González Armengol. Presidente de la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias. | 02/12/2013 00:00
Uno de los objetivos pasados, presentes y futuros de la Unión Europea (UE) es "la protección y la promoción de la salud", "incluyendo la reducción de las desigualdades en salud", y la armonización de la atención médica (a través de "la tarjeta profesional europea"). Otro, es la normalización, o "armonización" en sus diferentes estamentos y agrupaciones de profesionales. Es necesario para el libre intercambio de bienes, servicios, personas e información. La estandarización de la formación médica mejorará el libre intercambio de conocimientos médicos y de profesionales.
En la UE existen una serie de organizaciones no gubernamentales con capacidad de influir sobre órganos de decisión, como la Comisión Europea o el Consejo y el Parlamento Europeo, que son los que tienen capacidad legislativa en los países miembros. Dentro del sector sanitario, la Unión Européenne Des Médecins Spécialistes (UEMS) juega un papel fundamental. Tiene su sede en Bruselas, cuenta con 35 países miembros y representa a 41 especialidades, a través de secciones o divisiones y grupos multidisciplinarios, y a 1,6 millones de especialistas en Europa. La creación de una sección de Medicina de Urgencias y Emergencias (el equivalente a una especialidad primaria troncal) se confirmó en octubre de 2011 y supone, una vez constituida, la aceptación como especialidad de pleno derecho dentro de la UEMS y con posibilidad de influencia a través de recomendaciones dirigidas al Consejo de la UEMS para ser transmitidas a la Comisión Europea. En la actualidad ya son 17 los países de la UE con la especialidad de Urgencias y Emergencias.
La Resolución 60.22 de la Asamblea de la OMS establece que la atención de urgencia es una parte esencial de la salud pública, y exhorta a los gobiernos a establecer sistemas de atención médica de urgencias y emergencias completas (EMHC), que se integran a la perfección en la atención prehospitalaria con la estabilización, triaje, atención inmediata y atención en el hospital. En ese informe, los representantes nacionales de la UE declararon que su legislación nacional garantiza "el libre acceso a la atención de urgencia en el hospital para todos". El Manifiesto por la Medicina de Urgencias en Europa se publicó en 1998 y proclama que la prestación de la atención de urgencia de alta calidad es la proporcionada por médicos con formación especializada en urgencias.
El reconocimiento formal de especialidades entre los miembros de la UE está regulado, a partir de la Directiva 93/16 , sustituida por la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006. El pasado 9 de octubre se aprobó la resolución legislativa sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el reglamento relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior. La directiva ha sido adoptada por el Consejo Europeo el día 15 de noviembre y se encuentra pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Cuando dos quintas partes de los países de la UE reconocen una especialidad determinada, ésta debe ser abordada por la UE en su conjunto. El incumplimiento de estas directrices conllevará un expediente al Estado miembro que no lo acate y fuertes sanciones económicas.
Real decreto de troncalidad.
En España, se encuentra en el Consejo de Estado el proyecto de real decreto por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica (ACE); se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a las plazas de formación, y otros aspectos del sistema de formación especializada en Ciencias de la Salud, y se crean y modifican determinados títulos de especialista. En dicho texto, potencialmente se incluye Urgencias y Emergencias como una ACE, dependiendo de otras especialidades que no tienen ninguna vinculación con esta especialidad médica. Esto se ha hecho en contra del criterio histórico del PP, que lideró proposiciones no de ley en el Parlamento a favor de la creación de la Medicina de Urgencias y Emergencias, del mundo profesional, desde Semes, la Asamblea General de Colegios de Médicos, y los sindicatos legítimamente representativos de los trabajadores, que apoyan, como así consta en el expediente administrativo, la creación de la especialidad en España.
Al margen de otras consideraciones, en lo referente a este tema y a la evolución legislativa europea, la pregunta es: ¿qué sentido tiene ir en contra de la legalidad española y europea, del mundo profesional, del conjunto de la política que está siguiendo el Gobierno, del derecho a la movilidad fuera de España del segundo grupo en número de profesionales médicos del SNS, que son los urgenciólogos, de la homogeneidad en la formación a través de una especialidad como la de Urgencias, reconocida en la mayoría de países de la UE, y del derecho a la protección de la salud y la seguridad de los pacientes que acudan a estos servicios?
En la UE existen una serie de organizaciones no gubernamentales con capacidad de influir sobre órganos de decisión, como la Comisión Europea o el Consejo y el Parlamento Europeo, que son los que tienen capacidad legislativa en los países miembros. Dentro del sector sanitario, la Unión Européenne Des Médecins Spécialistes (UEMS) juega un papel fundamental. Tiene su sede en Bruselas, cuenta con 35 países miembros y representa a 41 especialidades, a través de secciones o divisiones y grupos multidisciplinarios, y a 1,6 millones de especialistas en Europa. La creación de una sección de Medicina de Urgencias y Emergencias (el equivalente a una especialidad primaria troncal) se confirmó en octubre de 2011 y supone, una vez constituida, la aceptación como especialidad de pleno derecho dentro de la UEMS y con posibilidad de influencia a través de recomendaciones dirigidas al Consejo de la UEMS para ser transmitidas a la Comisión Europea. En la actualidad ya son 17 los países de la UE con la especialidad de Urgencias y Emergencias.
La Resolución 60.22 de la Asamblea de la OMS establece que la atención de urgencia es una parte esencial de la salud pública, y exhorta a los gobiernos a establecer sistemas de atención médica de urgencias y emergencias completas (EMHC), que se integran a la perfección en la atención prehospitalaria con la estabilización, triaje, atención inmediata y atención en el hospital. En ese informe, los representantes nacionales de la UE declararon que su legislación nacional garantiza "el libre acceso a la atención de urgencia en el hospital para todos". El Manifiesto por la Medicina de Urgencias en Europa se publicó en 1998 y proclama que la prestación de la atención de urgencia de alta calidad es la proporcionada por médicos con formación especializada en urgencias.
El reconocimiento formal de especialidades entre los miembros de la UE está regulado, a partir de la Directiva 93/16 , sustituida por la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006. El pasado 9 de octubre se aprobó la resolución legislativa sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el reglamento relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior. La directiva ha sido adoptada por el Consejo Europeo el día 15 de noviembre y se encuentra pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Cuando dos quintas partes de los países de la UE reconocen una especialidad determinada, ésta debe ser abordada por la UE en su conjunto. El incumplimiento de estas directrices conllevará un expediente al Estado miembro que no lo acate y fuertes sanciones económicas.
Real decreto de troncalidad.
En España, se encuentra en el Consejo de Estado el proyecto de real decreto por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica (ACE); se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a las plazas de formación, y otros aspectos del sistema de formación especializada en Ciencias de la Salud, y se crean y modifican determinados títulos de especialista. En dicho texto, potencialmente se incluye Urgencias y Emergencias como una ACE, dependiendo de otras especialidades que no tienen ninguna vinculación con esta especialidad médica. Esto se ha hecho en contra del criterio histórico del PP, que lideró proposiciones no de ley en el Parlamento a favor de la creación de la Medicina de Urgencias y Emergencias, del mundo profesional, desde Semes, la Asamblea General de Colegios de Médicos, y los sindicatos legítimamente representativos de los trabajadores, que apoyan, como así consta en el expediente administrativo, la creación de la especialidad en España.
Al margen de otras consideraciones, en lo referente a este tema y a la evolución legislativa europea, la pregunta es: ¿qué sentido tiene ir en contra de la legalidad española y europea, del mundo profesional, del conjunto de la política que está siguiendo el Gobierno, del derecho a la movilidad fuera de España del segundo grupo en número de profesionales médicos del SNS, que son los urgenciólogos, de la homogeneidad en la formación a través de una especialidad como la de Urgencias, reconocida en la mayoría de países de la UE, y del derecho a la protección de la salud y la seguridad de los pacientes que acudan a estos servicios?
No hay comentarios:
Publicar un comentario