El Supremo anula el decreto balear de 'prescripción' enfermera - DiarioMedico.com
POR VULNERAR LA LEY DEL MEDICAMENTO
El Supremo anula el decreto balear de 'prescripción' enfermera
El Tribunal Supremo ha anulado dos artículos del decreto de 'prescripción' enfermera de Baleares al exigir la acreditación de profesionales que contempla la Ley del Medicamento.
Redacción. Madrid | 14/07/2015 15:15
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado dos artículos del decreto de Baleares, de 20 de mayo de 2011, por el que se regula la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica. Se trata de una norma local que fue aprobada con el objetivo de regular la prescripciónenfermera en este territorio y que obviaba el requisito de acreditar a los profesionales como prescriptores, establecido por ley estatal.
El fallo da la razón al Consejo General de Enfermería, que había presentado un recurso contra esa regulación autonómica aludiendo que contraviene la legislación estatal al excluir en su articulado el requisito establecido por ley de que los profesionales enfermeros tengan que estar acreditados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para poder realizar cualquier tipo de prescripción de medicamentos (es decir, usar, indicar y autorizar la dispensación de fármacos).
El Supremo confirma la nulidad del decreto balear sobre prescripción enfermera porque sus artículos vulneran normas con rango de ley, concretamente el artículo 77.1 y la disposición adicional 12ª de la Ley 28/2009 de Uso Racional del Medicamento y Productos Sanitarios (conocida popularmente como Ley del Medicamento), y el artículo 1 c) y la disposición adicional 5ª del Real Decreto 171 8/2010 de receta médica y ordenes de dispensación.
La sentencia establece que "la acreditación que ha de realizar el Ministerio de Sanidad al personal de enfermería, con la participación de las organizaciones colegiales correspondientes, tiene efectos en todo el Estado para los enfermeros y fisioterapeutas, respecto de los medicamentos sujetos, o no, a prescripción médica, como se deduce del artículo 77.1" de la Ley del Medicamento.
El Tribunal Supremo deja sin efecto el fallo dictado sobre este mismo asunto por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que en su momento no estimó que el decreto Balear de prescripción enfermera contraviniese la ley estatal.
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