La Justicia europea desautoriza proclamar los beneficios de la glucosa - DiarioMedico.com
POLÍTICA SANITARIA DE LA UE
La Justicia europea desautoriza proclamar los beneficios de la glucosa
El Tribunal General de la UE confirma la prohibición que dictó la Comisión Europea sobre la proclamación de las propiedades saludables de la glucosa, por considerar que fomentan el consumo de esta sustancia, mientras los principios en materia de nutrición de la UE defienden moderar su ingesta.
S.Valle.Madrid | 16/03/2016 12:15
El Tribunal General de la UE ha avalado la decisión que tomó la Comisión Europea (CE) en 2015 cuando rechazó las declaraciones de propiedades saludables de la glucosa de las que pretendía hacerse eco la empresa alemana de productos compuestos casi íntegramente de azúcar glucosa, Dextro Energy.
El tribunal europeo entiende que tales comentarios fomentaban el consumo del azúcar, en contra de los principios que en materia de nutrición y salud que se fomentan desde la Unión Europea.
En 2011, Dextro Energy solicitó autorización para utilizar declaraciones de propiedades saludables como: "La glucosa se metaboliza con el mecanismo energético normal del organismo"; "la glucosa contribuye al metabolismo energético normal"; "la glucosa mantiene la actividad física", "la glucosa contribuye al metabolismo energético normal durante el ejercicio" y "la glucosa contribuye a un funcionamiento muscular normal durante el ejercicio".
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) emitió un dictamen favorable sobre estas declaraciones, pues consideraba que podría establecerse una relación de causa efecto entre el consumo de glucosa y un metabolismo energético normal, pero la Comisión Europea denegó su autorización en enero de 2015.
Estimó que las declaraciones de propiedades saludables en cuestión transmitían un mensaje contradictorio y confuso a los consumidores, pues fomentaban el consumo de azúcar, cuya ingesta, sin embargo, recomiendan reducir las autoridades nacionales e internacionales basándose en las advertencias científicas generalmente admitidas.
Aun suponiendo que estas declaraciones de propiedades saludables sólo se autorizaran en condiciones de uso específicas o acompañadas de indicaciones o advertencias adicionales, la CE consideró que el mensaje no era por ello menos confuso para el consumidor, por lo que las declaraciones de que se trata no debían ser autorizadas.
La sentencia del tribunal europeo desestima el recurso presentado por la Dextro contra la decisión de la Comisión.
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