lunes, 27 de marzo de 2017

Condena por no informar del riesgo de perforación intestinal en un legrado - DiarioMedico.com

Condena por no informar del riesgo de perforación intestinal en un legrado - DiarioMedico.com



RESOLUCIÓN DEL SERMAS

Condena por no informar del riesgo de perforación intestinal en un legrado

La resolución sostiene que la paciente no fue informada de un riesgo específico de perforación intestinal durante la práctica de un legrado, máxime cuando constaba como antecedente una cesárea. Además, el Sermas considera que hubo mala praxis.
Diego Carrasco. Madrid   |  27/03/2017 14:33
 
 

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha dictado una resolución en la que admite el derecho de una paciente a ser indemnizada con 23.000 euros por no informarle del riesgo de perforación intestinal durante la práctica de un legrado. Según el informe de la Inspección Sanitaria, "debió informarse de este riesgo específico porque la reclamante fue sometida a una cesárea previa y podía tener adherencias intestinales, como así fue, que aumentaban el riesgo de perforar el intestino".
La reclamación presentada por Carlos Sardinero, abogado que colabora con El Defensor del Paciente señala que la enferma, de 39 años, acudió a Urgencias, con amenorrea de 11 semanas y test de embarazo positivo, por manchado vaginal menor que una regla. Tenía como antecedentes obstétricos una gestación, un aborto, una cesárea y ningún parto. Se le diagnosticó un aborto diferido y se programó un legrado evacuador para el día siguiente.
Una ecografía confirmó que el aborto correspondía a un feto de 8 semanas. Se le administró Misoprostol. El legrado se complicó por falsa vía anterior derecha con perforación en el útero. Un día después la paciente refirió dolor abdominal "tipo contracciones". Una nueva ecografía detectó líquido libre intrabdominal y dilatación de asas intestinales. Rápidamente se realizó una laparoscopia diagnóstica de perforación intestinal y, después, una laparotomía infraumbilical. Se encontraron una peritonitis fecaloidea secundaria a una perforación intestinal.
La paciente reprochaba al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) un consentimiento informado con un formulario genérico, lacónico e incorrecto; aparte de mala praxis en la realización del legrado evacuador obstétrico que provocó una perforación uterina e intestinal.
La resolución apunta que a la enferma se le entregó un consentimiento informado donde se le explicaba el procedimiento quirúrgico del legrado, pero "no que se le informara de que existía la opción de evitar el legrado si se le suministraban Misoprostol". En cambio, "sí se reflejó en la historia clínica del riesgo de perforación uterina durante el legrado y no de la eventualidad de sufrir una perforación intestinal".
La inspección sanitaria resaltó en sus informes sobre la incorrecta realización del legrado evacuador obstétrico que "debió intentarse el tratamiento con Misoprostol antes que el legrado". No obstante, "durante la cirugía no se extremaron las precauciones precisas ni se tuvo en cuenta la cesárea anterior".
La resolución del Sermas también censura que "la actitud expectante del cuadro médico durante dos días en que se mantuvo la perforación no fue acertada". Por tanto, la asistencia sanitaria prestada no se adecuó a la lex artis ad hoc.

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