Posted: 16 Sep 2014 09:38 AM PDT
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes
Fecha: 13 de Agosto de 2014
Síntesis:
Derecho al agua. Admite la medida autosatisfactiva interpuesta por un usuario contra la empresa proveedora del servicio de agua potable y ordena la inmediata reconexión del servicio en el domicilio que habita y que se deje sin efecto la pretensión condicional de pago previo. Manifiesta que, si bien le asisten derechos a la prestadora del servicio, dado que se trata de una empresa comercial cuyo objetivo no es otro que el de obtener ganancias, no es menos cierto que tales derechos pueden ser protegidos por las vías legales pertinentes. En tal sentido agrega que, deviene inadmisible dejar en manos de un particular, en el caso la facultad de otorgar o no el suministro del servicio de agua potable, o de cortar o no el servicio cuando está en juego un derecho humano fundamental.
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