lunes, 13 de julio de 2015

El TS avala la competencia del neurólogo para hacer pruebas neurofisiológicas - DiarioMedico.com

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CORRESPONDEN AL ESTADO

El TS avala la competencia del neurólogo para hacer pruebas neurofisiológicas

El Alto Tribunal ha anulado una orden de la Comunidad de Madrid que otorgaba competencia exclusiva para dichas pruebas a los especialistas en Neurofisiología Clínica.
Diego Carrasco. Madrid   |  13/07/2015 13:27
 
 

El Tribunal Supremo (TS) ha zanjado la polémica respecto a qué especialidad es la competente para realizar pruebas neurofisiológicas. Señala que los neurólogos no pueden ser excluidos para practicar dichas pruebas porque así lo reconoce la Ley 44/2003, de Ordenación de Profesiones Sanitarias, cuya competencia corresponde al Estado y no a las comunidades autónomas.
La Sala Contenciosa ha resuelto el recurso presentado por la Sociedad Española de Neurología contra la orden dictada por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que disponía "la obligatoriedad de que las pruebas que se realicen en el ámbito hospitalario de la Comunidad de Madrid sean efectuadas exclusivamente por especialistas con título propio de la especialidad de Neurofisiología Clínica". Dicha declaración de obligatoriedad adquirió firmeza por el silencio administrativo positivo declarado en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Por este motivo los neurólogos madrileños quedaron apartados para realizar pruebas técnicas al enfermo neurológico como su evaluación y diagnóstico.
Sin embargo, ahora el Supremo anula el fallo del tribunal autonómico al declarar que la Consejería de Sanidad carece de competencia para regular las profesiones sanitarias, ya que "la única competente es la Administración del Estado" a tenor de la normativa vigente. Ello quiere decir que de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias no se desprende que la competencia "exclusiva" la tengan los neurofisiólogos, lo que significa que cualquier modificación legislativa por parte de la Administración autonómica supone atribuirse una competencia que no le corresponde por ser "contraria" a lo previsto en el Ordenamiento Jurídico.
La sentencia explica que "el reconocimiento de esa exclusividad hubiera requerido una previa modificación de la profesión médica sanitaria por parte del Estado en ejercicio de sus competencias determinando el programa formativo y sus objetivos".
Según la Sociedad Española de Neurología, con la finalización de este proceso espera que las relaciones entre ambas sociedades tengan la mayor normalidad y, si es posible, colaboración como ocurre en la mayoría de los hospitales donde Neurólogos y Neurofisiólogos comparten pacientes y trabajo investigador y participan en la formación de ambas especialidades.

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