SANIDAD PENITENCIARIA
Interior debe pagar la triple terapia y los antivirales de presos con VHC
El Estado y no las autonomías es el que debe abonar el boceprevir y el telaprevir que toman los presos en la cárcel, recuerda el TSJ de Aragón, porque es un tratamiento ambulatorio, como también lo es el Sovaldi.
Soledad Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es | 03/03/2017 00:00
La falta de transferencia autonómica de la sanidad penitenciaria, con las únicas excepciones de Cataluña y País Vasco, "provoca una disfunción porque cuando una persona que está privada de libertad acude a un centro sanitario, lo hace a un organismo (el hospital) de una institución (la comunidad autónoma) con la que el Ministerio del Interior ha tenido que firmar un convenio para que preste la asistencia sanitaria", aclara Miguel Ángel Ramiro Avilés, coordinador de la Clínica Legal, en la Facultad de Derecho, de la Universidad de Alcalá.
La medicación que el paciente necesite durante su ingreso correrá a cargo del servicio de salud autonómico; pero, ¿quién paga el tratamiento del preso cuando vuelve a prisión?
El Ministerio de Interior ha defendido que la triple terapia para la hepatitis C, diagnosticada en el hospital e indicada por el especialista, debía ser abonada por la autonomía. Así lo ha batallado hasta llegar a los tribunales, donde le han quitado la razón.
La última sentencia sobre esta cuestión la ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con la siguiente conclusión: "Si el preso necesita ingreso hospitalario es la Administración autonómica la que lo costea, pero si los especialistas prescriben fármacos de uso ambulatorio (que el recluso puede tomar en la cárcel) es el Ministerio de Interior quien los compra y los envía a prisión".
De este modo, los magistrados del TSJ de Aragón condenan al Ministerio de Interior a abonar el pago de la triple terapia para la hepatitis C de los presos internos en cárceles de Aragón. El tribunal aragonés recuerda que sobre este asunto ya se pronunció el TSJ de La Rioja, de Castilla y León, de las Islas Baleares y de la Comunidad Valenciana.
Diagnóstico hospitalario
El triple tratamiento con boceprevir y telaprevir tiene la consideración de un medicamento de diagnóstico hospitalario, "pues así lo ha determinado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps)". La Agencia también ha recomendado que se suministre "en unidades que cumplan una serie de requisitos mínimos para la óptima vigilancia de la seguridad de los paciente". Dichas unidades, señala la sentencia de Aragón, "no son solamente hospitalarias, son también las unidades médicas de los centros penitenciarios, si cumplen el resto de requisitos".
El triple tratamiento con boceprevir y telaprevir tiene la consideración de un medicamento de diagnóstico hospitalario, "pues así lo ha determinado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps)". La Agencia también ha recomendado que se suministre "en unidades que cumplan una serie de requisitos mínimos para la óptima vigilancia de la seguridad de los paciente". Dichas unidades, señala la sentencia de Aragón, "no son solamente hospitalarias, son también las unidades médicas de los centros penitenciarios, si cumplen el resto de requisitos".
Y recuerda que "los especialistas de toda España que atienden a los reclusos en los hospitales de referencia de cada prisión han prescrito ya en muchos casos estos fármacos a presos infectados por hepatitis C, pero es a Instituciones Penitenciarias a quien corresponde comprar los medicamentos y administrárselos a los internos".
La misma lógica que utilizan los magistrados del TSJ de Aragón para limar responsabilidad sobre la factura farmacéutica de los presos, la utiliza Ramiro Avilés para considerar que el pago de los antivirales en la población reclusa también debe abonarla Interior. El profesor de Derecho señala que en la Clínica Legal que dirige atendieron la consulta de un enfermo de hepatitis C que, desde la cárcel, quería saber sus derechos para poder recibir el tratamiento con Sovaldi, que le habían negado. Ramiro Avilés entiende que hay pocas dudas sobre quién abona la factura, pero considera que el hecho de que "la sanidad penitenciaria se encuentre al margen del SNS puede generar situaciones de discriminación de la población reclusa sobre todo a la hora de acceder a tratamientos médicos en las mismas condiciones de igualdad que el resto de personas. Estos perjuicios también incluyen la prestación farmacéutica, pues la coordinación entre los servicios penitenciarios y extrapenitenciarios dificulta la tarea". Ramiro Avilés y Paulina Ramírez Carvajal, doctorada en Derechos Humanos, elaboraron un informe dando respuesta a la consulta del paciente, con fecha de 2015.
Factura millonaria
De acuerdo con la Coordinadora Estatal de VIH/sida (Cesida), alrededor de un 20 por ciento de los presos en España padece hepatitis C, de los que un 27 por ciento está coinfectado por el VIH. Miguel Ángel Ramiro Avilés, coordinador de la Clínica Legal, de la Universidad de Alcalá, en su informe sobre El acceso a los tratamientos farmacológicos de las personas con el VHC que están encarceladas, publicado en 2015 con la doctora en Derechos Humanos Paulina Ramírez Carvajal, cifraron en 14.000 personas las enfermas de hepatitis C en cárceles. El tratamiento de 12 semanas con un antiviral, como Sovaldi, ronda los 60.000 euros, según Ramiro Avilés. Aunque es probable que el coste de los antivirales se haya reducido, según informaciones recientes de Sanidad, es innegable el elevado precio que supone la factura de farmacia de Instituciones Penitenciarias.
El visado en cuestión
El Sindicato Profesional de Sanidad Penitenciaria ha ganado una batalla judicial en su oposición a los límites de prescripción que se imponen a la población reclusa, con la obligación de solicitar un visado para indicar medicamentos que estén fuera de la Guía Farmacoterapéutica de Instituciones Penitenciarias (GFT). El TSJ de Madrid ha suspendido el visado.
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