el derecho a la intimidad, cuestionado
¿Atropello al secreto profesional del médico?
La Fiscalía ha propuesto que el médico revele a la jefatura de tráfico datos íntimos sobre enfermos. El cambio regulatorio pondría en peligro la relación médico-paciente basada en la confianza mutua.
S.Valle/ L.G. Ibañes. Madrid | dmredaccion@diariomedico.com | 23/09/2013 00:00
Los accidentes de tráfico causaron el año pasado 3,6 muertes diarias. La cifra, aunque ha ido disminuyendo -en 2011 fueron de 4,1 diarios, según datos de la Dirección General de Tráfico-, podríanelevar los fallecimientos en el asfalto a la categoría de epidemia.
En este contexto, el Ministerio Fiscal, con conocimiento de causa, pues un gran número de estos siniestros termina en los juzgados, ha propuesto una idea en la mesa del facultativo: "Cuando un médico, de la sanidad pública o privada, tenga conocimiento, como consecuencia del reconocimiento de su paciente [...], de la existencia de una enfermedad o deficiencia, incluida en el Reglamento General de Conductores, lo pondrá en conocimiento de la jefatura provincial de tráfico".
Así lo ha recogido la Fiscalía dentro de su memoria anual, como propuesta para reformar el artículo 63 del Real Decreto Legislativo, que recoge la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La idea encuentra varios peros legales y médicos.
Desde el hospital
Andrés Santiago Sáez, jefe del Servicio de Medicina Legal del Hospital Clínico San Carlos, de Madrid, apunta que este cambio normativo "afectaría al levantamiento del secreto profesional, informando a terceros de una situación de salud que podría alterar ya no sólo la confianza del paciente en su médico, sino también en el propio sistema sanitario".
En términos generales, el facultativo está obligado a informar sobre datos íntimos del paciente por requerimiento judicial, consentimiento del paciente o riesgos para la salud pública. Fuera de estos supuestos, la revelación de esta información está penalizada. Santiago pone un ejemplo: "En el diagnóstico de una tuberculosis, el ingreso del paciente es obligado, incluso en contra de su voluntad, por una cuestión de salud pública, y esto es algo que los médicos tienen claro".
No ocurre así con las patologías diagnosticadas que pueden hacer disminuir la agudeza en la condución o que, como indica la Fiscalía, conllevan "la pérdida de las aptitudes psicofísicas para conducir". En primer lugar, señala Filiberto Chuliá, jefe de Servicio de la Asesoría Jurídica del Hospital de La Paz, de Madrid, cabe preguntarse: "¿Por qué tiene el médico que saber que el paciente conduce?". El especialista tendría que preguntarle, pero, no sólo eso. Según Chuliá, "la Deontología también obligaría al médico a informarle de las consecuencias de su respuesta, es decir, que podrían ser puestas en conocimiento de un tercero".
Especialidades
Por otro lado, es relativamente frecuente, apunta Santiago, que determinadas especialidades médicas tengan que emitir, a petición de los pacientes, informes sobre el estado de su patología, a efectos de renovar el permiso de conducir. Por ejemplo: Oftalmología, por patologías oculares; Neurología, por epilepsias; Neumología, por el síndrome de apnea del sueño; Psiquiatría, por trastornos mentales, y Oncología, por deterioros del estado general del paciente, y en ocasiones asociados a tratamientos muy invasivos. Entonces, el médico elabora un certificado oficial, desvelando una intimidad a petición del titular de esos datos. En estos casos, no hay conflictos ni médicos ni legales, pues es el paciente quien pide sus datos para dárselos al facultativo del centro psicotécnico. El letrado del Hospital Clínico San Carlos destaca que el tratamiento de esa información va de un médico a otro médico, "de la asistencia al del centro psicotécnico, pero no a un órgano de la Administración, que es lo que plantea la reforma de la Fiscalía".
Chuliá también recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga al facultativo a comunicar a un tercero la situación de un paciente ante la sospecha de que se ha cometido un delito. Por ejemplo, si se atiende a un herido de bala. Pero, esta comunicación, según reconoce, se realiza con el órgano judicial, no con la Administración.
Así, los facultativos encuentran que esta modificación plantea importantes dudas tanto legales como deontológicas.
La Fiscalía se ampara en que vale más una vida que la intimidad
El Ministerio Fiscal recoge en su memoria anual que un porcentaje de la siniestralidad en las carreteras "se debe, sin duda, a personas con enfermedades mentales o deficiencias que asumen elevados riesgos para sí y los demás usuarios, conocidas por los médicos que los tratan". Estos facultativos "dudan acerca de las actuaciones preventivas ad extra que deben poner en práctica, en concreto, la puesta en conocimiento de las autoridades de tráfico" de la situación de estos pacientes, apunta la Fiscalía. En respuesta a esta duda, la institución judicial dice que habría que obligar por ley a que el médico comunicara a la jefatura de tráfico la situación de un paciente, en relación a su incapacidad para conducir.Afirma que esta reforma legal encuentra amparo constitucional al considerar que este sacrificio del derecho fundamental que es la intimidad de la persona, el paciente en este caso, se realiza en aras de otro interés mayor que es preservar "la integridad física de los implicados en el tráfico viario".
Un reflejo en números de la 'epidemia' de la siniestralidad en carretera
- Los costes directos e indirectos asociados a los accidentes de tráfico suponen el 1,04 por ciento del PIB.
- El parque móvil es de 31.400.000 coches y en el censo de conductores hay 26.200.000 personas.
- En 2012 murieron en las carreteras más de 1.300 personas, lo que equivale a 3,6 fallecimientos al día.
- España ocupa el 12º puesto mundial en muertes en carretera, con 5,4 defunciones por cada 100.000 habitantes.
- En 2011 hubo 22.184 heridos graves en accidentes y 548.777 leves.
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