Caso asturiano
El INSS niega permisos en maternidad por alquiler, pero los TSJ lo conceden
Los tribunales están reconociendo los derechos derivados de un acceso a la maternidad por vientre de alquiler o maternidad por sustitución.
S.V. | soledad.valle@unidadeditorial.es | 27/09/2013 00:00
El vientre de alquiler o maternidad por sustitución es una práctica prohibida en España. Sin embargo, los tribunales están reconociendo los derechos derivados de un acceso a la maternidad por esa vía, que se alcanza acudiendo a países donde es legal, por ejemplo en Estados Unidos.
La última sentencia sobre uno de estos casos ha sido dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, sobre una mujer que acudió a un vientre de alquiler de una mujer en California.
La sentencia aclara que "el hecho de que la maternidad por sustitución no esté reconocida en España, es más, esté prohibida, no es motivo para que no se le reconozca a la madre el subsidio, porque en otras situaciones ilegales o irregulares existe la protección del sistema para los afectados". Como ejemplo de esas situaciones, el tribunal autonómico citó el caso de la pensión de viudedad concedida a las esposas de un hombre de nacionalidad extranjera, natural de un país que reconoce la poligamia, que está prohibida en España.
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