operación de espalda
El fracaso de una intervención no deriva en condena
La AN absuelve a Muface de responsabilidad en una operación, con un índice de fracaso reconocido del 18%.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es | 28/11/2013 00:00
Era necesaria, complicada y con un porcentaje de éxito del 82 por ciento. Estas fueron las características de la operación de espalda a la que se sometió un paciente que, posteriormente, demandó a Muface por una mala praxis.
La Sala Contenciosa-administrativa de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia absolviendo a la parte demandada por considerar que no existió una mala praxis y que, además, la cirugía era la más recomendable.
El demandante tenía 54 años cuando se operó de una lumbalgia crónica, que empeoró su pronóstico por los accidentes de tráfico que tuvo. Inicialmente, se le pautó un tratamiento conservador que, sin embargo, terminó por no surtir efecto. En su informe, el perito judicial recoge que "lo que padecía el actor, con tratamiento conservador no se conseguía nada y que era necesaria la intervención". El perito razona que la intervención no consiguió lo que pretendía y "el recurrente volvió a la situación que se encontraba anteriormente".
La Audiencia aclara que el fracaso de la intervención no motiva ninguna responsabilidad cuando, además, estaba recogida entre las probabilidades existentes, con un 18 por ciento. Del análisis de la práctica clínica no se recoge ninguna "infracción de la lex artis" y "la obligación de la asistencia sanitaria no es la obtención del resultado favorable". Así, la Audiencia no reconoce que exista responsabilidad.
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