jueves, 27 de febrero de 2014

El hospital, implicado en la orden de alejamiento - DiarioMedico.com

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POR UN ATENTADO CONTRA UNA SANITARIA

El hospital, implicado en la orden de alejamiento

Un juzgado condena al agresor de una sanitaria a no acercarse a ella a menos de 300 metros y obliga al centro a controlar las visitas del condenado.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  25/02/2014 17:13

Gonzalo Sagrera
Gonzalo Sagrera, abogado de Asjusa-Letramed. (DM)
El Juzgado de lo Penal número 1 de Guadalajara ha condenado a un paciente a dos años de prisión por un delito de atentado contra una sanitaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y se le ha impuesto una orden de alejamiento de no acercar a menos de 300 metros de la profesional. La sentencia, dictada con acuerdo previo de las partes, es firme y tiene en cuenta el atenuante de enfermedad mental del agresor.
Los hechos que se juzgan ocurrieron a las seis de la mañana de un día de marzo de 2010 en un hospital de Guadalajara. El condenado propinó una bofetada en la cara a una auxiliar al confundirla con una médico, a la que "profesaba gran animadversión", según recoge el fallo.
Debido a la agresión, la sanitaria tuvo una contusión hemifacial derecha, que se curó sin ningún problema y sin causar baja ni dejar secuelas.
La profesional demandó los hechos y fue defendida por Gonzalo Sagrera, abogado de Asjusa-Letramed, que representa a la aseguradora de la Administración sanitaria, y quien vio cómo el juez admitió sus argumentos. En estos momento, hay nutrida jurisprudencia que trata de atentado las agresiones cometidas contra profesionales del Sistema Nacional de Salud (SNS), además de acuerdos entre Fiscalía y colegios profesionales, que también recogen ese agravante penal por ser un empleado público, aunque no es así en el caso de que el agredido trabaje en la sanidad privada.
La novedad de la condena reside en su auto de ejecución, donde se detallan las medidas que debe cumplir el condenado. El auto recoge la prohibición de que el condenado se aproxime a la agredida a una distancia no inferior a 300 metros durante seis meses, a su domicilio o lugar de trabajo, que es el hospital, "salvo supuestos de urgencia, fuerza mayor o citas programadas en el referido hospital".
Para alcanzar ese objetivo, acuerda notificar al centro la medida de alejamiento "para su control y seguimiento, enviando a los mismos [al hospital y a las fuerzas de seguridad] el listado de citas aportado por el acusado", que tiene una enfermedad mental.
De este modo, el juez de lo penal de Guadalajara implica al hospital en el cumplimiento de la pena de alejamiento decretado, pues se le informa de las consultas que tiene el condenado y que pueden, excepcionalmente, conculcar la orden de alejamiento.

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