Medida recurrida por más de 100 facultativos
La jubilación en Canarias no admite 'pausa' judicial
Dos fallos del TSJ de Canarias revocan las medidas cautelares concedidas a dos médicos del Servicio Canario de Salud que pedían permanecer ejerciendo cumplidos los 65 años. El tribunal unifica así la doctrina judicial.
Soledad Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es | 25/09/2013 00:00
Los médicos del Servicio Canario de Salud (SCS) con 65 años cumplidos o con una prórroga concedida hasta los 70 años fueron jubilados el 30 de marzo de 2013. Esta decisión de la comunidad autónoma de Canarias estaba recogida en la disposición adicional tercera de la Ley de los Presupuestos Generales de la Comunidad para 2013, aprobados a finales de 2012. La medida ha sido recurrida por más de un centenar de facultativos -en el sindicato médico canario llevan 85 casos y afirman que existen otros tantos médicos que han reclamado por su cuenta.
En la presentación de muchas de estas demandas se solicitó la suspensión de la norma autónomica como medida cautelar. Es decir, que el médico siguiera o se reincorporara al servicio hasta que el tribunal se pronunciara sobre el fondo del asunto dictando una sentencia. Esa petición motivó pronunciamientos en contradictorios de juzgados contenciosos de Las Palmas, de manera que algunos jueces reconocieron la obligación de admitir las medidas cautelares. Así ocurrió en dos casos sobre los que ahora se ha pronunciado la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canarias revocando las medidas cautelares concedidas.
Uno de los recurrentes es un especialista en Traumatología y Cirugía Ortopedica, al que se le había concedido la prórroga hasta los 70 años. El juez admitió la petición del facultativo de seguir en la actividad, de manera cautelar, hasta que hubiera una sentencia del caso, pero, ahora, el TSJ de Canarias ha rechazado que exista "la pérdida de finalidad legítima del recurso", que se requiere para admitir las medidas cautelares.
El tribunal resuelve que "en la hipótesis de estimación del recurso contencioso-administrativo [es decir, de que el tribunal diera la razón al médico en una futura sentencia], los perjuicios económicos derivados de la diferencia entre las cantidades a percibir por la jubilación y las que corresponderían al recurrente por continuar en servicio activo hasta los 70 años serían susceptibles de ser reparadas vía indemnización".
Intereses varios
Además, el tribunal tampoco admite que exista un interés general que se deba tutelar. El fallo señala que "en principio, es superior el interés de la Administración al interés del particular recurrente, por muy intenso que sea su interés a continuar en el servicio activo, y es que la Sala [...] considera que la decisión de política legislativa de creación de la norma que la Administración aplica al caso supone un interés prevalente pues, de no aplicarse, sí que podría existir perjuicio en la puesta en marcha a esa política legislativa que marca el Parlamento y no los tribunales de justicia".
El tribunal repite estos argumentos en el caso de otro médico del SCS al que un juzgado le había concedido prolongar su actividad. Con estas dos sentencia, el tribunal autonómico unifica la doctrina, aclarando que en este caso no se admiten cautelares. Sin embargo, todavía queda pendiente dictar sentencia sobre el fondo del asunto.
"En España, el cirujano que ha operado al Rey estaría jubilado"
"No cuestionamos la sentencia. Cuestionamos las jubilaciones indiscriminadas y masivas porque la ley permite excepciones y hay que conservar a los mejores. Como ejemplo, el cirujano del Rey con 71 años". Pedro Cabrera, presidente del Colegio Oficial de Médicos de Las Palmas, ha señalado a Diario Médico, que la opción del café para todos que están utilizando desde la Consejería de Sanidad, obligando a jubilar a los médicos cuando cumplen 65 años, de manera automática, no es la acertada."En Medicina la experiencia es muy importante tanto para tratar a los enfermos, como para enseñar a los que vienen detrás", apunta. El facultativo afirma que la Administración debería atender caso por caso, como está recogido en la norma, pues ésta admite excepciones que, en la práctica no se están produciendo.
Capital valiosísimo
Cabrera alerta sobre el daño que la medida puede hacer al sistema de salud insular por la "pérdida incalculable de conocimiento, pericia y experiencia", se están desprendiendo de un capital humano muy valioso.
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