miércoles, 19 de febrero de 2014

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Decanos y estudiantes ya piensan en cómo adaptar los planes de estudio tras el reconocimiento del Máster de Medicina





Madrid (19/02/2014) - Redacción

Satisfacción por la decisión del Consejo de Ministros del pasado viernes de dar luz verde a la modificación del RD de 15 de julio de 2011, que establecía el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, un requisito fundamental para dicho reconocimiento y que estos colectivos llevaban esperando cerca de dos años

Decanos y estudiantes se plantean ya cómo adaptar el reconocimiento del máster de Medicina en los planes de estudio, tras la decisión del Consejo de Ministros del pasado viernes de dar luz verde a la modificación del RD de 15 de julio de 2011, que establecía el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, un requisito fundamental para dicho reconocimiento que estos colectivos llevaban esperando desde hace varios años, y por el que tanto se ha batallado desde el Foro de la Profesión Médica
Así lo ha recordado el presidente de la Conferencia de Decanos de Facultades de Medicina (CDFM), el doctor Ricardo Rigual, tras mostrar su satisfacción por el nuevo paso dado por la Administración, en este sentido. "Es una vieja reivindicación de la Conferencia de Decanos de Medicina en la etapa del presidente Joaquín García-Estañ y de todas las instituciones que forman parte del Foro de la Profesión Médica. No se entendía que el grado en Medicina con 360 ECTS y con competencias en investigación tuviera el mismo reconocimiento que otros grados con 240 ECTS. Recordarán las movilizaciones que se produjeron a instancias del Foro de la Profesión Médica".
Tras la aprobación y publicación del decreto, el presidente del CDFM entiende que hará falta alguna mínima modificación en los planes de estudios para adaptarlos al nuevo decreto. También será necesario, a su juicio, "solucionar algunos flecos para que esta equiparación tenga efectos retroactivos, de manera que los ya egresados de planes de grado de algunas Facultades como la Complutense y La Laguna y los licenciados se puedan acoger a esta modificación cumpliendo los requisitos correspondientes".
Rigual insiste en que las consecuencias del esta modificación son importantes "pues aunque el título de grado en Medicina no se convierta en master se equipará para sus efectos. Por destacar uno de ellos es que el egresado de la facultad de Medicina puede pasar a la etapa de investigación de doctorado directamente".
Ahora, como indica, por su parte el presidente del Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM), Enrique Lázaro, son las facultades las que tienen que acreditar que sus títulos cumplen los criterios para optar al nivel 3 (máster), proceso que espera sea ágil y rápido, con la finalidad de tener el tema resuelto cuanto antes. Lázaro ha lamentado  la demora producida para este reconocimiento, y que, a su juicio, "atiende a temas meramente formales y burocráticos y que ha hecho que ya hayan salido graduados en Medicina sin el nivel que ahora nos pertenece".
Circulación de egresados por el extranjero
Con las modificaciones previstas en el Real Decreto aprobado, el pasado viernes, por el Consejo de Ministros se establece un sistema de adscripción de la especificidad de determinados estudios universitarios cuando se trate de titulaciones cualificadas por comprender suficientes créditos de nivel de máster. Ello facilitará la circulación en el extranjero de los egresados de universidades españolas en este tipo de grados de especial cualificación.
La norma tiene por objeto, según se explicó al término de la reunión del Ejecutivo, permitir la adscripción al Nivel 3 (máster) de los títulos de grado que, por exigencias de normativa de la Unión Europea, sean de al menos 300 créditos ECTS, siempre que comprendan un mínimo de sesenta créditos ECTS de nivel de máster. Tal es el caso de los títulos de determinados estudios del ámbito de las ciencias de la salud como Medicina, Odontología, Veterinaria o Farmacia, que dan acceso a profesiones reguladas.
Se trata de reconocer, por tanto, que determinadas titulaciones académicas proporcionan un nivel de cualificación profesional específico, distinto de aquél al que nominalmente evocan.
Se ha modificado, además, el Real Decreto del 29 de octubre de 2007, por el que se establecía la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, para incorporar en el articulado la posibilidad de que una titulación de grado pueda obtener la adscripción a este nivel de cualificación 3. Como complemento indispensable, se introduce una disposición adicional que contiene el procedimiento a seguir para alcanzar la citada calificación, en el cual se debe garantizar el cumplimiento de los anteriormente citados requisitos.

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