RECOGIDA EN LA HC
La información verbal completa el CI escrito
Un TSJ dice que una paciente tomó las decisiones bien informada.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es | 22/04/2014 00:00
Javier Moreno Alemán, abogado de Asjusa-Letramed. (DM)
VISTA:
La información es un proceso. Expertos en Derecho Sanitario, juristas y abogados reconocen que la legislación en relación con la obligación del médico de informar al paciente y el derecho de éste a ser informado sobre los riesgos de un tratamiento y las alternativas antes de dar su consentimiento no es un acto puntual, sino un proceso que se debe de desarrollar a lo largo de toda la relación médico-paciente.
Ese es el razonamiento que subyace en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que absuelve al Servicio de Salud de esa comunidad y a su compañía aseguradora de responsabilidad en las complicaciones que sufrió una paciente tras someterse a una mastectomía subcutánea y a la reconstrucción inmediata de las dos mamas.
En la primera intervención, la demandante sufrió un neumotórax, que ella achaca a que durante la cirugía le rasgaron la pleura con una aguja, y que motivó que se tuviera que suspender, pues la enferma fue trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos del hospital del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa).
Auto penal
El episodio fue denunciado en vía penal y motivó un auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón, que resolvió el archivo de la causa. La citada resolución es citada en la sentencia del TSJ para zanjar el enfrentamiento entre las partes relativo a la praxis en la citada cirugía.
El episodio fue denunciado en vía penal y motivó un auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón, que resolvió el archivo de la causa. La citada resolución es citada en la sentencia del TSJ para zanjar el enfrentamiento entre las partes relativo a la praxis en la citada cirugía.
La actuación se ajustó a la buena praxis médica y "el neumotórax de esa primera intervención fue espontáneo", según razona la Administración. Además, la paciente siguió manteniendo la confianza en el equipo médico pues, después de esa intervención, le operaron de la otra mama y le reconstruyeron las dos con implantes, que fueron rechazados por la paciente, sin que tampoco aquí existiera una mala praxis para explicar esa reacción.
- La recurrente "decidió operarse la segunda mama, pese a las complicaciones habidas en la izquierda, asumiendo la indicación de los facultativos"
Por lo tanto, el litigio se centra en dirimir si la información que recibió la paciente antes de someterse a las operaciones fue la correcta o no. La defensa de la Administración, representada por el abogado Javier Moreno, del despacho de Asjusa-Letramed, adujo que la enferma había sido informada de los riesgos y alternativas que existían.
El tribunal considera probada esa afirmación, a pesar de que el documento de consentimiento informado (CI) que firmó la paciente es de carácter genérico y no entra en detalles sobre los riesgos que se materializaron, porque considera que la información se completó con las conversaciones mantenidas en la relación médico-paciente.
La sentencia recoge que, "frente a la tesis de la parte recurrente, basada en el contenido del documento de CI y en la valoración que hace su propio perito, existen otros elementos relevantes de la relación fáctica que presumen razonablemente el conocimiento. En particular, los propios actos de la recurrente de someterse voluntariamente con anterioridad a la extirpación de los quistes y con posterioridad a la mastectomía de la mama derecha, pese a las complicaciones habidas en la izquierda, asumiendo la indicación de los facultativos asociada al riesgo de padecer cáncer de mama".
Es decir, que los magistrados razonan que si el efecto adverso que sobrevino a la paciente en la primera intervención la hubiera hecho desistir de operarse, entonces no se hubiera sometido a la mastectomía de la otra mama. Por otro lado, admiten que no se ha demostrado que la paciente recibiera alternativas a la intervención de los friboadenomas.
Sin embargo, los magistrados entienden que un tratamiento conservador en este caso no parecía indicado teniendo en cuenta la necesidad de "extirpación de los fibroadenomas, que resultaba imprescindible el estudio anatomapatológico de las lesiones para clasificarlas, la reproducción de las lesiones transcurrido un tiempo y su característica de bilateralidad en ambos senos con fibroadenomas múltiples, sin obviar los riesgos de un posible incremento y proliferación de los quistes y la posible aparición de cáncer de mama, que es mayor para mujeres que han tenido quistes". Estos factores son "elementos que justifican la intervención para solucionar la aparición de fibroadenomas; de ahí que con posterioridad consintiera la realización de la operación en la otra mama".
Además de que, según los magistrados del TSJ de Asturias, "la decisión de operar la toma el cirujano y la paciente, teniendo en cuenta los resultados de las biopsias, el cambio de forma de las mamas y la preocupación o inquietud respecto al cáncer".
Doctrina del Supremo
El Tribunal Supremo desestimó la reclamación por falta de CI, porque la extirpación quirúrgica era la única alternativa para tratar un paraganglioma y sobre sus riesgos se informó en una conversación recogida en la historia clínica (HC). De este modo, el alto tribunal deja constancia de una jurisprudencia que reconoce la información verbal si se deja constancia de ella en la HC.
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