jueves, 7 de mayo de 2015

Dra. Marisa Aizenberg: Procuraduría demandó protocolo que regula la eutanasia en Colombia

Dra. Marisa Aizenberg: Procuraduría demandó protocolo que regula la eutanasia en Colombia



Posted: 06 May 2015 06:16 AM PDT
El procurador Alejandro Ordóñez argumenta que la resolución del Ministerio de Salud viola la Constitución.

El procurador Alejandro Ordóñez presentó este martes una demanda ante el Consejo de Estado para que se suspenda el protocolo que regula la eutanasia a enfermos terminales al considerar que viola la Constitución y la Ley.

Según explicó la Procuraduría en un comunicado, Ordóñez presentó una medida cautelar de urgencia ante la "evidente" forma en la que la resolución, publicada a finales de abril por el Ministerio de Salud, "viola la Constitución y la ley". (Lea: ¿Qué dice la demanda de Marco Fidel Ramírez contra la eutanasia?)

Asimismo, Ordóñez dijo que buscar evitar "que mientras se adopte una decisión de fondo pueda afectarse el derecho a la vida u obligarse a las personas o a las instituciones de salud a matar a los pacientes".

La resolución establece que el enfermo deberá confirmar reiteradamente su deseo a morir dignamente en un protocolo de varios pasos en el que participan diferentes profesionales médicos. (Lea: Minsalud explica en detalle cómo se aplicará la eutanasia en Colombia)

Éstos deben determinar si el interesado cumple las "condiciones objetivas", es decir, que sea enfermo terminal, a través de un comité interdisciplinario científico integrado por un médico especialista, un abogado y un psicólogo.

Si así lo avala, los expertos toman una decisión y el procedimiento se aplica en 15 días.

El método, realizado a través de una potente sedación, no podrá en ningún caso ser autorizado por un familiar o una tercera persona, solo por el propio paciente de forma consciente. (Lea: “Hacer una eutanasia es un acto de amor”: ‘Doctor muerte’"

Para el procurador, el fallo en este protocolo es la forma en que se ha ejecutado, pues "un ministro solo puede expedir resoluciones para desarrollar la Ley y los decretos presidenciales". Y en este caso, "como el acto demandado tiene por finalidad desarrollar dos sentencias de la Corte Constitucional, este resulta ilegal y contrario a la Carta Política", declaró.

Por otra parte, indicó que "el ministro de Salud solo puede expedir normas sobre prestaciones que se incluyan en el derecho a la salud" y la eutanasia no puede calificarse de esta manera puesto que "no tiene por finalidad" la "promoción de la salud y la prevención, cura y paliación de la enfermedad".

Fuente: El Espectador

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