jueves, 24 de julio de 2014

ESTATUTO LEGAL DE LOS EMBRIONES HÍBRIDOS POR CONTENER MATERIAL BIOLÓGICO HUMANO Y ANIMAL

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Observatorio de Bioética, UCV

Estatuto legal de los embriones híbridos por contener material biológico humano y animal

Genética / Noticias / PROVIDA PRESS

Estatuto legal de los embriones híbridos por contener material biológico humano y animal
17 julio
12:282014
La hibridación humana/animal también plantea objetivos problemas legales.
Adicionalmente a los problemas biomédicos  que plantea la hibridación humana/animal también plantea objetivos problemas legales.
En un reciente artículo (Journal Medical Ethics, 2014; 40, 284-285) se revisa este tema con motivo de la discusión del mismo en la Cámara de los Lores inglesa, en diciembre de 2012. El problema de fondo es determinar si los híbridos que contienen material biológico humano, principalmente ADN, deben ser o no considerados parcialmente humanos y consecuentemente cual debe ser su estatuto legal.
La “Human Fertlisation and Embryology Act 2008” (HFE Act 2008) es la comisión  que regula los aspectos legales de los híbridos entre humanos y animales. Estos híbridos hacen referencia a cualquier embrión que contenga ADN, nuclear o mitocondrial humano y ADN, también mitocondrial o nuclear, animal, pero en los que el ADN animal no sea predominante. Otras categorías de híbridos pueden ser  legalmente regulados por el “Animal (Scientific Procreadores) Act 1986”.
Pero decidir en cuál de las dos categorías se deben incluir los embriones híbridos no es tan fácil.
El ministro de Salud del Gobierno inglés, Lord Darai of Denhams, manifiesta que los embriones híbridos deberá ser regulado por un estatuto humano cuando se considere dichos embriones son “predominante“ humanos, lo cual no es fácil de determinar, pues incluso es posible que en un embrión quimérico en el que las células no humanas  fueran inicialmente predominantes  pudiera ir desarrollándose hasta un híbrido en el que las células humanas fueran ya las predominantes.
Además Lord Darai también indica que igualmente deberán ser considerados como humanos aquellos embriones quiméricos que “funcionalmente” sean predominantemente humanos. Pero  el término “funcionalmente humanos” es ambiguo, lo que complica la cuestión de su estatuto legal.
Por ello,  se concluye que el Parlamento inglés deberá  determinar de forma más  definida el estatuto legal de los embriones que contengan  material genético humano y animal, tras un debate extenso y profundo que tenga en cuenta lo que la opinión pública piensa  sobre este tema, lo que a nuestro juicio introduce un matiz que puede dificultar una valoración equilibrada de cómo se debe regular legalmente el problema de los híbridos humanos / animales.

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