domingo, 22 de septiembre de 2013

El alta fue indebida por contradecir al especialista - DiarioMedico.com

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Sentencia firme

El alta fue indebida por contradecir al especialista

Un juzgado de Sevilla condena al INSS por decidir la incorporación al trabajo de una sanitaria a la que su traumatólogo había prescrito "reposo funcional".
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  20/09/2013 00:00



El Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por el alta médica indebida de una enfermera, personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud.

La sanitaria causó baja por gonalgia izquierda el 10 de abril. El 17 de mayo, su traumatólogo determinó que debía "seguir con el tratamiento asociado a reposo funcional y ser reevaluada en quince días". Sin embargo, la inspección del INSS decidió darle el alta  ese mismo día, en contra de la opinión del médico especialista. Por esa contradición del INSS con la valoración realizada por el traumatólogo, "es evidente que dicha alta fue indebida", según resuelve el juez.


Sentencia firme
En definitiva, la sentencia considera probado el estado patológico y las limitaciones funcionales derivadas que sufría la enfermera a la fecha del alta médica, cumpliendo los requisitos para mantener la situación de incapacidad temporal: la necesidad de   recibir asistencia sanitaria y estar impedida para el trabajo. Por este motivo, el juzgado de lo Social, en una sentencia que es firme, condena al INSS a reponer a la sanitaria el abono de las prestaciones dejadas de percibir.


Mayor control
María Ángeles Mosquera, abogada del Sindicato de Enfermería (Satse), que ha llevado la defensa jurídica de la enfermera, admite que en esta coyuntura de crisis económica "el control de la bajas médicas por parte del INSS está siendo muy celoso", circunstancia que, según reconoce, puede "resultar correcta", pero que en el caso de "las bajas prolongadas por patologías comunes existe un exceso de control".

La abogada razona que "la inspección del INSS está facultada para dar altas", pero señala que, de acuerdo con su experiencia,  "lo normal es que se documente y su decisión no vaya en contra de la opinión del médico especialista, pues el facultativo del INSS no tiene la especialidad médica que se necesita para decidir sobre el estado de la trabajadora".

Bajas y altas a un sólo fallo

Un fallo del TSJ de Murcia explica la reforma legal. La última reforma de la Ley de la Jurisdicción Social ha dejado sin posibilidad de recurrir las sentencias que se pronuncien sobre altas médicas por incapacidades, en un momento en el que la Administración está mirando con lupa la prolongación de las incapacidades, según apunta el sindicato de enfermeros Satse.

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