miércoles, 6 de junio de 2012

Cataluña recurre ante el Tribunal Constitucional el RD Ley 16/2012 :: El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad

El Médico Interactivo, Diario Electrónico de la Sanidad Cataluña recurre ante el Tribunal Constitucional el RD Ley 16/2012


Cataluña recurre ante el Tribunal Constitucional el RD Ley 16/2012

Barcelona (06/06/2012) - Nerea Garay/Redacción

• El Consejo de Garantías de Cataluña dice que el decreto de Rajoy se "carga" el SNS construido en 25 años

• El alto tribunal catalán tumba la normativa porque "es inconstitucional e invade competencias del Estatuto"

La Generalitat catalana ha acordado recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) el recorte sanitario aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy. Lo ha acordado el Consejo Ejecutivo después de que el Consejo de Garantías Estatutarias apreciase este lunes que que varios preceptos del Real Decreto Ley de medidas urgentes sobre Sanidad, impulsado por el Gobierno central, vulnera la Constitución y el Estatuto.

En respuesta a un recurso interpuesto por PSC, ERC e ICV, a la que posteriormente se sumó el Gobierno de la Generalitat, el alto tribunal catalán resuelve que varios artículos del RD violan, entre otros puntos, las garantías de acceso universal a la asistencia sanitaria que están contenidas en la Ley General de Sanidad, cuyos principios recoge el Estatuto de Cataluña.

El citado decreto determina que, a partir del 1 de septiembre próximo, se requiera la condición de estar "asegurado" para acceder a la tarjeta sanitaria individual. La Ley General de Sanidad estableció que dicha credencial se concedería a todos los "ciudadanos" con residencia en España.

También cuestiona el CGE la posibilidad de que un Real Decreto Ley, rango jurídico utilizado por el Ministerio de Sanidad, pueda modificar una ley general, como es la de Sanidad.

El dictamen del Consejo de Garantías explica que el decreto de Rajoy se carga el Sistema Nacional de Salud construido durante 25 años en España, que se inicia en 1986 con la Ley General de Sanidad que impulsó Ernest Lluch y que concluye en octubre del año pasado con la Ley General de Salud Pública.


Invasión de competencias

El alto tribunal catalán entiende que el Gobierno central invade las competencias compartidas que tiene la Generalitat en cuestiones referidas a la ordenación, planificación y regulación sanitaria (artículo 162.2 del Estatuto), así como las que se refieren a las competencias exclusivas sobre la función pública (art. 136).

Asimismo se detecta invasión competencial en una disposición final del decreto que establece las normas de calidad y seguridad para la donación, obtención, evaluación, procesamiento, almacenaje, preservación y distribución de células y tejidos humanos. El presidente del Consejo de Garantías Estatutarias, Eliseo Aja, ha emitido, además un voto particular para apuntar que la restricción del derecho a la salud de los extranjeros sin permiso de residencia "también es contraria" al artículo 13.1 de la Constitución.

Respecto al copago farmacéutico, el informe catalán concluye que se están vulnerando las competencias regionales en los distintos tramos y límites de copago definidos pero, a la vez, estima que no es contrario a la ley de financiación de las comunidades autónomas ni supone una doble imposición el que exista la tasa por receta catalana a la vez que el copago nacional (así lo ha defendido en varias ocasiones el consejero de Salud, Boi Ruiz). También se declara contrario a la Constitución el artículo que deja en manos de las ONG y servicios sociales ligados a una farmacia de hospital la dispensación de fármacos hospitalarios para pacientes sin cobertura pública.


La estatutarización de los médicos

El alto tribunal también considera ilegal la estatutarización de los médicos titulares y el artículo que reserva al Ministerio de Sanidad la capacidad de la acreditación de centros y unidades docentes, así como las nuevas normas y tiempos para las ACE.

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