sábado, 14 de junio de 2014

Absolución por los efectos del fármaco bien indicado - DiarioMedico.com

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SENTENCIA DEL TSJ ARAGÓN

Absolución por los efectos del fármaco bien indicado

La Sala Contencionsa del Tribunal Superior de Justicia de Aragón no encuentra responsabilidad médica en las secuelas de una intoxicación por un medicamento prescrito correctamente.
Soledad Valle. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  13/06/2014 00:00

Javier Moreno Alemán

Javier Moreno Alemán, abogado de Asjusa-Letramed. (DM)
La Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha absuelto al Servicio Aragonés de Salud y a su compañía aseguradora de la reclamación presentada por una paciente a la que se le diagnosticó una intoxicación por metotrexato, el fármaco que tomaba para tratar la artritis reumatoide que padecía.
Los hechos que se juzgan comenzaron cuando la paciente, una mujer de 71 años, acudió al servicio de Urgencias de un hospital acusando problemas respiratorios. La mujer quedó en observación y fue trasladada a otro centro, donde permaneció ingresada poco más de una semana. En ese momento, tenía pautado un tratamiento médico con metotrexato, que los facultativos mantuvieron.
Una semana después de recibir el alta, acudió al médico de atención primaria, que le prescribió el mismo fármaco, como práctica habitual entre consulta y consulta del reumatólogo que le había indicado el citado tratamiento. Poco después acudió al servicio de Urgencias de otro hospital, donde el facultativo de guardia le indicó que su disfagia, sus úlceras bucales y nasales, las diarreas, pérdida de sangre y angina de pecho se debían a una intoxicación por metrotexato.
Reclamación 

Atendiendo a ese diagnóstico, la mujer reclamó tanto al hospital donde había estado ingresada como al centro de salud por haberle mantenido el tratamiento farmacológico responsable de los síntomas que padecía. En su demanda solicitaba una indemnización de 100.000 euros por las secuelas que le había dejado la intoxicación: leucopenia, mucositis, diarreas y hemorragias.
  • El dictamen médico señala que "el margen terapéutico" del fármaco es mínima, así que la dosis eficaz y la tóxica son similares, sin poder prevenir efectos adversos
Los magistrados acuden al informe pericial presentado, en el que el experto aclara que "no se ha demostrado que por parte de los servicios actuantes [demandados] se modificase la pauta medicamentosa de metotrexato que la paciente venía tomando de forma autónoma desde años atrás". Es decir, que ni se inició la prescripción en ese momemento, ni se retiró porque "la analítica realizada durante el ingreso y en especial la serie blanca estaba dentro de la normalidad".
Sobre la atención recibida en la consulta de primaria, la sentencia da por probado que la paciente no refirió en ningún momento que durante su ingreso le hubieran cambiado la medicación, "ni refirió molestias en zona anal ni pérdida de sangre".
De todo lo anterior, los magistrados concluyen que "no concurre la relación de causalidad, pues no se ha demostrado que la intoxicación sufrida por la paciente tuviera su causa en una indicación incorrecta o una falta de vigilancia".
Margen terapéutico

Además, para llegar a esta conclusión, los magistrados admiten lo dicho en el dictamen médico: "El metotrexate es uno de los fármacos más utilizados contra la artritis reumatoide que la actora padecía; que dicho medicamento tiene un margen terapéutico mínimo, de modo que la dosis eficaz y la dosis tóxica son similares o incluso coinciden, por lo que en cualquier momento puede causar un efecto adverso como ocurrió en este caso sin que se pueda prevenir". Y, como detalla el fallo, la medicación se retiró "tan pronto como aparecieron los síntomas".
El abogado de la compañía aseguradora de la Administración fue Javier Moreno Alemán, socio del despacho Asjusa-Letramed.

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