jueves, 19 de junio de 2014

El IVA seguirá sin 'figurar' en los concursos públicos - DiarioMedico.com

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INFORME DE LA CNMC

El IVA seguirá sin 'figurar' en los concursos públicos

Las entidades sin ánimo de lucro seguirán compitiendo en 'desigualdad' con las empresas para servicios sociales, según un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).
Laura G. Ibañes. Madrid | laura.gutierrez@diariomedicom.com   |  19/06/2014 00:00
  
La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha remitido un informe al Gobierno, que le consultó sobre un posible cambio legal para que el IVA se incluya en el precio de las ofertas que se presenten a concursos públicos cuando en ellos participen entidades exentas del impuesto, como fundaciones, ONG y asociaciones sin animo de lucro. Y lo ha hecho para desaconsejar el cambio legal.
La cuestión no es baladí. El cambio que sugería el Gobierno, y que desaconseja la CNMC por ser contrario a la normativa europea, intentaba fundamentalmente beneficiar a las llamadas entidades del Tercer Sector, las ONG, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, fundamentalmente, en línea con lo que éstas venían reclamando desde hace años. El porqué de su reivindicación reside en que con el sistema actual de concursos públicos, que no tiene en cuenta el IVA en las ofertas, las compañías privadas (que cobran IVA pero luego se lo deducen, por lo que no computa en sus costes) pueden ofrecer precios más bajos que las entidades del Tercer Sector y ser seleccionadas, pese a que, una vez seleccionadas deben cobrar el IVA a la Administración, de modo que el sector público acaba pagando más que si inicialmente hubiera seleccionado la oferta de la ONG, exenta de IVA.
Es decir, ante una oferta presentada por una empresa de 8 millones, por ejemplo, y una de 9 millones presentada por una ONG, la Administración selecciona con el sistema actual la de 8 millones, pese a que esos 8 millones más el IVA suponen más que los 9 millones ofrecidos por la ONG, que está exenta de cobrar el IVA cuando realiza servicios sociales.
Según explica José Manuel Luna, socio del despacho de abogados y asesores fiscales Durán Sindreu, "el posible cambio legal no afectaría a los servicios médicos, que están exentos de IVA tanto si son prestados por empresas privadas como por entidades del Tercer Sector, pero sí a los llamados servicios de asistencia social". La cuestión es que "la línea que separa ambos en ocasiones es difusa y dentro de la asistencia social caben muchos servicios mixtos como la teleasistencia, los servicios sociosanitarios, la atención a personas mayores o discapacitadas, etc.".
El consejo de la CNMC de mantener el sistema vigente en pie llega a las puertas de la obligación de que las autonomías asuman (por mandato de la Reforma Local) los servicios sociales que venían prestanto hasta ahora los ayuntamientos (normalmente con licitaciones a empresas privadas o entidades sin ánimo de lucro), con el sobrecoste que esto implicará para las autonomías. Pero también llega a las puertas de que el Ministerio termine de definir el nuevo modelo de atención socionitaria que quiere implantar en el SNS para ahorrar 150 millones de euros y en el que esta clase de entidades podrían jugar un papel determinante en la prestación de servicios a la Administracción.
Por otra parte, el próximo viernes esta previsto que el Consejo de Ministros apruebe la reforma fiscal, que incluirá modificaciones del IVA, como la ya anunciada subida de los productos sanitarios del 10 al 21 por ciento.

Asistencia sociosanitaria en sus manos

El Tercer Sector está integrado por 29.000 entidades entre las que figuran fundaciones, ONG y otras entidades sin ánimo de lucro. Las actividades de atención sociosanitaria directa constituyen casi un cuarto de su labor mayoritaria, a las que habría que sumar otras de acción social relacionadas con éstas. Dichas entidades gozan de exención del IVA en el caso de las actividades que realicen en servicios sociales, cultura y deportes. Por el contrario, las compañías privadas sí deben cobrar el IVA cuando prestan servicios sociales, si bien pueden deducirlo, de modo que no repercute en sus costes finales.

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