Indemnización de 80.000 euros por un retraso diagnóstico con consecuencia de pérdida testicular - DiarioMedico.com
EN UN MENOR
Indemnización de 80.000 euros por un retraso diagnóstico con consecuencia de pérdida testicular
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estima parcialmente la demanda presentada por la madre, que reclamaba 150.000 euros.
Enrique Mezquita. Valencia | 07/08/2015 12:36
La Sección Segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), ha condenado a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 80.000 euros el retraso diagnóstico de una torsión testicular en un menor que, al final, acarreó la pérdida de su testículo izquierdo. La sentencia estima parcialmente la demanda presentada por su madre, que reclamaba 150.000 euros, y reconoce el nexo causal entre el retraso de 47 horas en dicho diagnóstico y el resultado posterior, ya que en esta patología "existe la necesidad de tomar decisiones y medidas terapéuticas urgentes".
Según consta en la sentencia, el menor -que en el momento de los hechos tenía 4 años- fue atendido en un centro de salud de una localidad castellonense por un edema en testículo izquierdo,"alcanzándose a un mero diagnóstico de orquiepidimitis, con pautado de medicación y cita concertada en Pediatría" para cuatro días después. Sin embargo, a los dos días tuvieron que trasladar al menor al servicio de Urgencias de un centro hospitalario de la zona por "agravamiento de la clínica" y, tras la exploración, fue diagnóstico de una torsión testicular. Ese mismo día fue ingresado y, por la tarde, se le realizó una orquidectomía izquierda, con alta posterior y acuerdo con familiares en posponer la ulterior implantación de prótesis testicular. En el caso, la Sala "da por acreditada" la infracción de la lex artis que la demandante reclama, ya que es "inequívoca" la relación causal a establecer entre la conducta médica desplegada en el centro de salud y el resultado final.
Desiciones y medidas terapéuticas urgentes
La sentencia recoge que el expediente realizado por la inspección medica apunta: "el retraso de 47 horas aproximadamente desde que el paciente acudió al centro de salud con los primeros síntomas (con edema y aumento de calor local en testículo izquierdo) hasta el diagnóstico ya alcanzado de torsión testicular en el hospital, ha resultado definitivo en el resultado final del proceso con la con la extirpación del testículo". En el mismo informe se hace hincapié en que "en esta patología existe la necesidad de tomar decisiones y medidas terapéuticas urgentes, pues la necrosis testicular empieza a ser irreversible pasadas las 6 primeras horasdel comienzo del cuadro clínico y las posibilidades de recuperación del testículo en este tiempo están entre de un 85 a un 97 por ciento, de forma que de 6 a 12 horas bajan a un 70 por ciento; más allá de las 12 horas bajan a un 20 por ciento y después de 24 horas se hace prácticamente inviable su recuperación".
Asimismo, el tribunal apunta que, ante la edad y sintomatología descrita del paciente, hubiera sido necesario de forma rápida "realizar una eco-doppler testicular en cuanto prueba que tiene una especificidad del 100 por ciento y sensibilidad del 80 por ciento". Lamentable, la misma se hizo ya tardíamente en el centro hospitalario. En este sentido, incide en que "teniendo en cuenta que el paciente llevaba horas de evolución del cuadro de dolor nunca se planteó (en el centro de salud) un diagnóstico diferencial sin ponerse los medios a la vista del cuadro clínico para establecer un diagnóstico adecuado".
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