lunes, 16 de abril de 2012

Informes radiológicos confusos eximen de culpa por diagnóstico tardío a un oncólogo - DiarioMedico.com

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EL RADIÓLOGO DEBE INTERPRETAR RESULTADOS

Informes radiológicos confusos eximen de culpa por diagnóstico tardío a un oncólogo

El Juzgado de Instrucción nº1 de Fregenal de la Sierra, Extremadura, ha desestimado una demanda por diagnóstico tardío de un cáncer de mama.
Nuria Monsó   |  16/04/2012 00:00




El acusado "siguió las pautas fijadas por los radiólogos", calificadas por los peritos de confusas.

Dos de los informes radiológicos a los que tuvo acceso el ginecólogo describieron las anomalías como "hallazgos probablemente benignos". El segundo indicaba que podría realizarse un "PAAF prudencial".

El tercer informe diagnosticó un carcinoma ductal infiltrante en la mama izquierda y recomendó masectomía radical. La paciente y su marido alegaron en la demanda que la detección tardía del tumor se produjo al no haber utilizado los medios necesarios.


Criterio del radiólogo

Básandose en las declaraciones de los diferentes peritos, la sentencia apunta que "se mantiene el criterio de que la interpretación de los resultados de las mamografías se realiza por los radiólogos, siendo ellos los que deben indicar las medidas a seguir".

El juzgado dicta que no se puede calificar de mala praxis la actuación del médico, defendido por el letrado Ramiro Urioste, ya que en cuanto se realizaron las primeras consultas se hicieron pruebas complementarias como la radiografía y la mamografía.

En informes posteriores los radiólogos concluyeron que existían "hallazgos probablemente benignos", una expresión confusa según el perito judicial.

Los peritos señalaron también que el cáncer era de mal pronóstico y ninguno pudo afirmar en qué estado se encontraba cuando empezaron las pruebas. Asimismo, ninguno pudo asegurar "que con un PAAF se hubiera podido detectar precozmente el cáncer, aunque hubiera podido realizarse". "Hay que diferenciar la actitud de omisión de control y seguimiento de la enfermedad" y "la posibilidad de someter a la paciente a todo tipo de pruebas aunque no haya indicios de malignidad".

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