La Ley de Salud Pública de Aragón unificará distintas estructuras
Zaragoza (04/09/2013) - N. G.
Busca coordinar los métodos de trabajo y establecer un modelo de organización periférica
El Consejo de Gobierno de Aragón asegura que con la aprobación, hace unos días, del Proyecto de Ley de Salud Pública, lo que se busca es unificar distintas estructuras para dar respuesta a los problemas sanitarios. La Ley permitirá delimitar las funciones esenciales, así como las competencias generales y exclusivas que tendrán que abordar cada colectivo con responsabilidad en la Salud Pública.
Desde el sistema aragonés insisten a la hora de señalar que se trata de coordinar mejor los métodos de trabajo de las distintas parcelas donde se interviene y establecer un modelo de organización periférica que unifique territorialmente las distintas estructuras del Sistema de Salud de Aragón para hacer más eficaz y eficiente la prestación de los servicios de Salud Pública.
Desde la Consejería se incidirá en la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la seguridad alimentaria... En definitiva los pilares de la Salud Pública. Por ello, una de las funciones en las que se insiste en la Ley es en evitar que la población enferme.
Hasta ahora la normativa de Salud Pública solo hacía referencia a la Sanidad en el sentido del ámbito asistencial, dejando en segundo plano todo lo referente a la promoción de la Salud Pública. Ha sido la publicación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, quien ha puesto fin a esa consideración y permite que la Salud Pública ocupe la posición que le corresponde en los sistemas de salud.
El Proyecto de Ley de Salud Pública de Aragón toma como base dicha Ley, y eleva a rango de Ley todas las funciones de la Salud Pública, las competencias de las distintas administraciones públicas así como de los colectivos profesionales, la relación entre departamentos, la distribución territorial y la necesaria colaboración e interrelación entre los sistemas preventivos y asistenciales.
La Ley de Salud Pública de Aragón se estructura en cinco títulos y 75 artículos en los que se abordan aquellas acciones de las administraciones públicas en materia de Salud Pública. Como ejemplos: las competencias y organización en el ámbito de la Salud Pública; cómo se ubican los servicios de Salud Pública dentro del sistema aragonés de salud; los medios de actuación en esta materia; de qué manera interviene la propia administración en materia de Salud Pública; o las infracciones en esta materia y sus sanciones.
Desde el sistema aragonés insisten a la hora de señalar que se trata de coordinar mejor los métodos de trabajo de las distintas parcelas donde se interviene y establecer un modelo de organización periférica que unifique territorialmente las distintas estructuras del Sistema de Salud de Aragón para hacer más eficaz y eficiente la prestación de los servicios de Salud Pública.
Desde la Consejería se incidirá en la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la seguridad alimentaria... En definitiva los pilares de la Salud Pública. Por ello, una de las funciones en las que se insiste en la Ley es en evitar que la población enferme.
Hasta ahora la normativa de Salud Pública solo hacía referencia a la Sanidad en el sentido del ámbito asistencial, dejando en segundo plano todo lo referente a la promoción de la Salud Pública. Ha sido la publicación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, quien ha puesto fin a esa consideración y permite que la Salud Pública ocupe la posición que le corresponde en los sistemas de salud.
El Proyecto de Ley de Salud Pública de Aragón toma como base dicha Ley, y eleva a rango de Ley todas las funciones de la Salud Pública, las competencias de las distintas administraciones públicas así como de los colectivos profesionales, la relación entre departamentos, la distribución territorial y la necesaria colaboración e interrelación entre los sistemas preventivos y asistenciales.
La Ley de Salud Pública de Aragón se estructura en cinco títulos y 75 artículos en los que se abordan aquellas acciones de las administraciones públicas en materia de Salud Pública. Como ejemplos: las competencias y organización en el ámbito de la Salud Pública; cómo se ubican los servicios de Salud Pública dentro del sistema aragonés de salud; los medios de actuación en esta materia; de qué manera interviene la propia administración en materia de Salud Pública; o las infracciones en esta materia y sus sanciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario