jueves, 16 de noviembre de 2017

Qué derechos laborales se pueden ejercer durante un embarazo - DiarioMedico.com

Qué derechos laborales se pueden ejercer durante un embarazo - DiarioMedico.com



LABORAL

Qué derechos laborales se pueden ejercer durante un embarazo

Trabajo como auxiliar sanitario para una clínica privada de Valladolid desde 2012. Estoy embarazada de 15 semanas y me gustaría hacer un curso de preparación al parto, pero los cursillos se imparten en mi horario de trabajo (de 11.00 a 21.00 horas). ¿Qué derechos tengo? ¿Podría asistir a los cursillos en mi horario laboral? D.E.P. (Valladolid).
María García   |  08/11/2017 00:00
 
 

Derechos embarazo
Autor: DM
Los derechos que le correspondan dependerán del tipo de relación contractual que regule dicha prestación con el centro sanitario. Como ya hemos aclarado en anteriores consultas, aun tratándose de un contrato de arrendamiento de servicios, es posible que a la hora de la verdad estemos ante una relación de carácter laboral.
Partiendo de estas premisas, entiendo que en el supuesto que nos plantea se trata de un contrato laboral. En ese caso será de aplicación el Estatuto de los Trabajadores así como el V Convenio Colectivo de la Sanidad Privada de la Provincia de Valladolid.
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3 f) viene a recoger que el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: f) "Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. En los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo".
Asimismo, el V Convenio Colectivo de la Sanidad Privada de la Provincia de Valladolid en su artículo 30 b) regula la protección de la maternidad. Respondiendo a su consulta, el convenio establece que las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

No hay comentarios: