jueves, 5 de diciembre de 2013

El enfermero podrá indicar fármacos de receta tras formación de 150-180 horas - DiarioMedico.com

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Borrador de ‘receta’ enfermera

El enfermero podrá indicar fármacos de receta tras formación de 150-180 horas

El Ministerio publica el borrador de decreto que regula la 'receta enfermera'. Será Sanidad quien dé la acreditación tras oír a los consejos generales de colegios de médicos y enfermeros
Laura G. Ibañes   |  05/12/2013 11:50



El Ministerio de Sanidad ha elaborado ya un borrador de proyecto de real decreto para regular la llamada receta enfermera, la norma que debe articular cómo se acreditarán los enfermeros y qué medicamentos de prescripción médica y en qué circunstancias podrán indicarlos. La norma llega cuatro años más tarde de que una reforma de la Ley del Medicamento, a finales de diciembre de 2009, permitiera a los enfermeros la indicación de fármacos no sujetos a receta médica y abriese la puerta a la indicación de medicamentos de receta tras una formación específica y siguiendo unas guías de actuación concretas, que son a las que ahora da forma el Ministerio de Sanidad en este decreto.

La Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad será  la encargada de conceder la acreditación a los enfermeros para indicar medicamentos sujetos a receta y previo informe de representantes del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. Para la concesión se tendrá en cuenta tanto la formación específica que se haya adquirido para ello a través de centros e instituciones acreditadas, como la propia formación del Grado.

Concretamente, el borrador de decreto explica que "las universidades podrán considerar equivalente al trabajo de fin de grado la acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios otorgada por el Ministerio , siempre que el interesado haya completado el programa formativo" correspondiente. Y dicho programa formativo queda definido en el borrador como cursos de formación semipresencial que en el ámbito de los cuidados generales deberán tener 6 créditos ETC (equivalentes a 150-180 horas de formación) y en el ámbito de los cuidados especializados 6 créditos ETC también, pero una vez superados los de cuidados generales.

El borrador establece también la concesión por otro camino de la acreditación a los enfermeros de autonomías que vengan ya indicando fármacos de prescripción al amparo de normas autonómicas (como Baleares).

Finalmente, será la Dirección General de Farmacia y Cartera Básica del SNS la encargada de definir las guías de actuación que deberán seguir los enfermeros para la indicación así como el listado de medicamentos objeto de este tipo de ‘prescripción'

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