viernes, 16 de enero de 2015

Dra. Marisa Aizenberg: Aprobación de convenios para la creación de hospitales de alta complejidad en la provincia de Misiones

Dra. Marisa Aizenberg: Aprobación de convenios para la creación de hospitales de alta complejidad en la provincia de Misiones



Posted: 14 Jan 2015 01:32 PM PST
Decreto 34/14 - Poder Ejecutivo Nacional

Título: Convenios para la creación de Entes Hospitales de Alta Complejidad entre el Ministerio de Salud y la Provincia de Misiones. Aprobación.

Fecha B.O.: 14-ene-2015

Texto de la norma: 

Visto la Ley N° 17.102  y su Decreto Reglamentario N° 8248/68 y los Expedientes Nros. 12002-29422-14-3 y 12002-29420-14-0 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, por los cuales tramitaron los Convenios suscriptos entre dicho Ministerio y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.102 faculta al Poder Ejecutivo Nacional para reformar el régimen de constitución, funcionamiento y manejo, vigente en los organismos asistenciales o sanitarios dependientes de la entonces Secretaría de Estado de Salud Pública, con el objeto de propender a su mayor rendimiento, la mejor y más amplia prestación de servicios y al incremento de recursos para el desarrollo de sus programas, todo ello mediante la participación y aporte de entidades oficiales o privadas que promuevan a esos efectos la intervención activa de la comunidad.

Que a tales fines, la mencionada normativa dispone que por intermedio del actual MINISTERIO DE SALUD, se realicen estudios previos de carácter sanitario, económico y social, relativos a cada organismo asistencial o sanitario y a su respectiva zona de influencia y -cuando de tales estudios resulte aconsejable- decidir, en cada caso, la creación de una nueva entidad, cuya constitución, funcionamiento y manejo puede convenirse con las provincias, municipalidades, universidades u otras personas físicas o jurídicas oficiales o privadas, de conformidad con las normas de esa ley y las de su reglamentación.

Que el artículo 2 de la Reglamentación de la Ley N° 17.102, aprobada por el Decreto N° 8248/68 establece que cuando los estudios previos concluyeran en resultados favorables y coincidentes con los fines de la Ley N° 17.102, el actual MINISTERIO DE SALUD, formalizará de común acuerdo las bases para la constitución del servicio mediante la redacción del correspondiente convenio y del respectivo estatuto cuyas cláusulas aprobarán "ad referéndum" del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el artículo 3 de la mencionada Reglamentación establece que la constitución de cada uno de los servicios de atención médica integral para la comunidad se formalizará mediante decreto del Poder Ejecutivo Nacional aprobatorio del convenio inicial de las partes y del respectivo estatuto.

Que por el Expediente Nro. 12002-29422-14-3 tramitó el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES, con fecha 23 de diciembre de 2014, a fin de constituir en el plazo inicial de TRES (3) años, el Ente Hospital de Alta Complejidad "Marta T. Schwarz", Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad.

Que, asimismo, por el Expediente Nro. 12002-29420-14-0 tramitó el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD, el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y el MUNICIPIO de EL CALAFATE con fecha 23 de diciembre de 2014, a fin de constituir en el plazo inicial de TRES (3) años, el Ente Hospital de Alta Complejidad "El Calafate", Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad.

Que, en ambos casos, el respectivo estatuto de creación de cada Ente forma parte de los Convenios que se aprueban.

Que tanto el Hospital de Alta Complejidad "Marta T. Schwarz", ubicado en la ciudad de PUERTO IGUAZÚ, PROVINCIA DE MISIONES y el Hospital de Alta Complejidad "El Calafate", PROVINCIA DE SANTA CRUZ satisfacen la necesidad de contar con establecimientos que se encuentren en condiciones de contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población como a la atención del gran caudal de turistas que visitan ambas zonas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99 , inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley N° 17.102 y su Decreto Reglamentario N° 8248/68.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1.- Apruébase el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES de fecha 23 de diciembre de 2014, a fin de crear el Ente Hospital de Alta Complejidad "Marta T. Schwarz", Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad, que como ANEXO I, forma parte integrante del presente.


Artículo 2.- Apruébase el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD, el GOBIERNO de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ y el MUNICIPIO de EL CALAFATE de fecha 23 de diciembre de 2014, a fin de crear el Ente Hospital de Alta Complejidad "El Calafate", Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad, que como ANEXO II, forma parte integrante del presente.


Artículo 3.- Autorízase al MINISTERIO DE SALUD a suscribir los actos complementarios que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en los Convenios aprobados por los artículos 1 y 2 del presente Decreto.


Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas que a tal fin disponga el MINISTERIO DE SALUD dentro del Presupuesto correspondiente a su ADMINISTRACION CENTRAL, Servicio Administrativo Financiero 310.


Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

FERNANDEZ DE KIRCHNER.- Jorge M. Capitanich.- Juan L. Manzur.

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