La FNCP valora positivamente la aceptación de sus enmiendas en la tramitación en el Senado de la Ley de Mutuas
Madrid (10-12/01/2015) - Redacción
• Las nuevas enmiendas tenían como objetivo lograr una mayor transparencia en la contratación de las Mutuas con las Aseguradora Privadas, quedando reflejada mediante Reglamento la regulación de la celebración de dichos convenios y acuerdos
• En este caso la enmienda fue aceptada y el texto final de la ley especifica que las Mutuas podrán concertar con entidades privadas "conforme a lo que se establezca reglamentariamente"
El pasado lunes 29 de diciembre se publicó en le BOE la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. La Federación Nacional de Clímicas Privadas (FNCP) ha mostrado su satisfacción por el hecho de que, finalmente, sus enmiendas al anteproyecto de ley fueran aceptadas para su tramitación en el Senado.
La FNCP recuerda que mostró su disconformidad desde que se conoció el anteproyecto de Ley a principios de 2014 por considerar que la propuesta era "gravemente lesiva para los centros sanitarios privados y vulneraba caramente la libre competencia empresarial en igualdad de condiciones".
Durante el periodo de tramitación de esta ley, sigue explicando la FNCP, ésta se reunió con los portavoces de Sanidad del Partido Socialista, CIU y PNV y presentó dos enmiendas "que proponían, por una parte, que se regulara el precio de contratación de servicios con la Administración y, por otra parte, impedir que las Mutuas pudieran contratar con las Aseguradoras Privadas".
Estas enmiendas no fueron admitidas en el Congreso, por lo que la Federación continuó manteniendo reuniones, en este caso con los portavoces de CIU y Grupo Popular en el Senado, y modificó las enmiendas ante la tramitación de la ley en el Senado.
Las nuevas enmiendas tenían como objetivo lograr una mayor transparencia en la contratación de las Mutuas con las Aseguradora Privadas, quedando reflejada mediante Reglamento la regulación de la celebración de dichos convenios y acuerdos.
"En este caso la enmienda fue aceptada y el texto final de la ley especifica que las Mutuas podrán concertar con entidades privadas 'conforme a lo que se establezca reglamentariamente'", señala la FNCP, que se muestra satisfecha por esta modificación, que contribuye a igualar las condiciones de competencia de todos los agentes implicados, aunque explica que será necesario "realizar un atento seguimiento del desarrollo del Reglamento en cada CCAA para garantizar que los precios sean adecuados y conformes a la justificación de la enmienda, que propone que en este reglamento se tengan como precios de referencia para los acuerdos entre las Mutuas y los servicios de salud de cada CCAA, los precios públicos de asistencia de cada una de ellas con 'rappels' de descuento en base al volumen".
La FNCP adelanta que seguirá trabajando en esta línea en el futuro para defender los derechos e intereses de sus más de 470 asociados y de todo el sector sanitario privado.
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