viernes, 19 de agosto de 2011

El Ejecutivo establece el procedimiento de aplicación de la escala única de deducciones a farmacias - DiarioMedico.com

El Ejecutivo establece el procedimiento de aplicación de la escala única de deducciones a farmacias - DiarioMedico.com: Proyecto de real decreto
El Ejecutivo establece el procedimiento de aplicación de la escala única de deducciones a farmacias

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la ministra Leire Pajín, el proyecto del nuevo Real Decreto que establece el procedimiento de aplicación de la escala conjunta de deducciones a la facturación mensual de las oficinas de farmacia.

DM | 19/08/2011 00:00


El proyecto de Real Decreto que ha aprobado el Gobierno recoge una vieja reivindicación de los colegios oficiales de farmacéuticos. Estas deducciones se aplicaban conforme a dos escalas diferentes: una para los servicios de Salud de las comunidades autónomas y el Ingesa (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria), y otra para las mutualidades de funcionarios (Muface, Mujeju e Isfas).

El nuevo decreto establece el procedimiento para que pueda aplicarse un sistema de deducciones único para todo el conjunto de la dispensación de medicamentos facturados por cada farmacia, con independencia de la administración encargada de la gestión de la prestación farmacéutica. La normativa aprobada se limita a regular el procedimiento de remisión de la información y no produce efecto alguno en materia de precios de los medicamentes dispensados por receta.

La aplicación de esta escala única de deducciones hace imprescindible la regulación de la estructura y del contenido de la información que los colegios oficiales de farmacéuticos (como responsables del procesamiento de recetas y órdenes de dispensación) envían a las diferentes entidades gestoras de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud (autonomías, Ingesa y mutualidades).

Así, el real decreto aprobado establece la obligación de los colegios oficiales de farmacéuticos de enviar a estas entidades gestoras los documentos acreditativos de la facturación junto a un informe mensual, desglosado por oficinas de farmacia.

Informe mensual

El informe mensual deberá contener la siguiente información:

- El importe de la facturación mensual de cada oficina de farmacia.

- El porcentaje que representa la facturación de cada entidad gestora de la prestación respecto al importe de la facturación mensual de cada oficina de farmacia sujeta a deducción, redondeado con dos decimales.

- El importe de la deducción mensual que debe practicar la farmacia.

- Las deducciones que corresponden a la comunidad autónoma, al Ingesa y a cada mutualidad administrativa.

- Enviado mediante la barra Google

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