martes, 30 de agosto de 2011

Los pilotos estadounidenses pueden tomar antidepresivos, ¿y los españoles? | elmundo.es salud

MEDICAMENTOS EN EL AIRE

Los pilotos estadounidenses pueden tomar antidepresivos, ¿y los españoles?

  • La Administración Federal de Aviación de EEUU deroga una prohibición de años
  • Se pretende aumentar la seguridad evitando que los pilotos se mediquen a escondidas
(Foto: José Aymá)

(Foto: José Aymá)

Actualizado martes 29/06/2010 20:58 (CET)

NURIA BAENA

MADRID.- Recientemente, la Administración Federal de Aviación (FAA, según sus siglas en inglés), la máxima autoridad aérea en EEUU, sorprendía a los pilotos del país norteamericano con la noticia de que podrán volar aunque se estén medicando con antidepresivos, anulando así una prohibición que ha estado vigente durante años y que también vetaba a los tripulantes que sufrían depresión.

Según fuentes de la FAA, con esta decisión, que sólo afectará a los tripulantes que padezcan las formas más moderadas de la enfermedad, se pretende conseguir un tratamiento más abierto de este trastorno, reduciendo el estigma de la enfermedad en el colectivo y la ocultación del diagnóstico, lo que redundará en una mayor seguridad a bordo de los aviones.

Esta medida no se ha tomado a la ligera, ya que llega tras una década de reflexión, estudios y debates y después de que las autoridades aéreas considerasen que la anterior prohibición estaba basada en los efectos secundarios (como somnolencia) que podían producir los antiguos antidepresivos y que los actuales medicamentos ya no implican estos riesgos para todos los usuarios.

No obstante, los pilotos que se mediquen con estos fármacos no volarán hasta que puedan demostrar que llevan un año de tratamiento bajo supervisión médica y a partir de ahora la FAA expedirá certificados médicos especiales caso por caso para los pilotos que estén tomando sustancias como fluoxetina (comercializada como Prozac), sertralina (Zoloft), o citalopram (comercializado como Celexa en EEUU y Calton en España).

La nueva norma ha concedido una moratoria de seis meses a los pilotos que ya estuvieran medicándose para notificar su situación sin temor a sanciones. De esta forma, la FAA reconoce que la anterior prohibición aumentaba el riesgo de que muchos pilotos se automedicasen o no acudiesen a un especialista ante el temor de ser apartados de sus funciones y considera que su revocación permitirá que estos profesionales puedan recibir un tratamiento adecuado en caso de necesidad y ser sometidos a un seguimiento médico que les permitirá ejercer su trabajo de forma más segura.

La situación actual en España y en la UE

Por el momento está situación aun no se ha dado en España ni en el resto de países pertenecientes a la Joint Aviation Authorities (JAA), que ha sido durante años el máximo organismo regulador aéreo de la Unión Europea y de otros muchos países, aunque actualmente la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA en sus siglas en inglés) está asumiendo paulatinamente sus funciones. Tanto la JAA como la EASA buscan una armonización de requisitos y procedimientos con otras autoridades aéreas y en especial con la FAA.

Por ahora, los miembros de la JAA y entre ellos los países de la UE están regidos en materia médica por una norma muy estricta, la JAR-FCL parte 3, que entre sus requisitos exige que los pilotos no tengan historial alguno o diagnóstico médico de cualquier enfermedad o incapacidad psiquiátrica, incluyendo los trastornos del estado de ánimo. Además, los pilotos no pueden tomar ningún medicamento (prescrito o no) que pueda influir en la seguridad con la que desempeñan su labor y en el caso de tomar un fármaco de forma regular están obligados a consultar con la sección de medicina aeronáutica, los centros médico-aeronáuticos o con un médico examinador autorizado.

Para asegurar el cumplimiento de esta normativa los pilotos deben someterse a una rigurosa revisión médica antes de recibir su licencia de piloto, que se renueva en el caso de quienes ejercen como profesionales cada 60 meses hasta los 40 años, anualmente a partir de esta edad y semestralmente desde los 60, y que en el caso de arrojar resultados poco favorables puede provocar que el piloto pierda la licencia.

Como explica Carmen Reguant, médico examinador autorizado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Hospital Quirón Barcelona, la revisión inicial es la más importante, ya que es la que va a determinar el futuro profesional del aspirante y consiste en comprobar que no existe ninguna dolencia que pueda incapacitarlo en vuelo.

"También se hace un poco de prevención, ya que si vemos que pueda aparecer algún problema en un futuro hay que establecer las recomendaciones y los consejos necesarios", explica Reguant. Entre las muchas pruebas médicas que forman parte de este examen destacan las pruebas psicológicas para valorar las aptitudes y el perfil de los tripulantes y la exploración psiquiátrica, así como una analítica muy completa de sangre y de orina con drogas, que se va a ir repitiendo en todas las revisiones médicas. Además, como expone esta especialista actualmente "en España no se pueden tomar antidepresivos y según la normativa JAR cualquier historial de trastorno psiquiátrico o de depresión descalifica".

Un cambio que puede llegar en breve a Europa

Un factor a tener en cuenta de cara al futuro es que la asunción de poderes por parte de EASA está introduciendo un nuevo marco legal en la UE por el cual las leyes JAR se están transponiendo progresivamente a Directivas Europeas. Así, la ley JAR-FCL 3, que en el ámbito comunitario pasará a llamarse Parte MED, introducirá modificaciones a los requisitos vigentes.

La EASA acaba de publicar estas propuestas que podrían incorporarse a la nueva normativa y que incluyen, por ejemplo, cambios importantes respecto a los trastornos de ánimo de los pilotos y su tratamiento. Si bien el diagnóstico de un trastorno del estado de ánimo así como la toma de medicación para tratarlo es para la ley vigente una 'circunstancia absolutamente incapacitante', la nueva propuesta contempla que tras una completa recuperación y un estudio exhaustivo de cada caso se pueda considerar que el piloto vuelva a ejercer. También, en el caso de que se confirme la estabilidad de un tratamiento con fármacos psicotrópicos podría autorizarse que el piloto siga volando, aunque con limitaciones (como que no pueda hacerlo solo).

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