lunes, 17 de junio de 2013

La sospecha no es punible penalmente, aclara un juez - DiarioMedico.com

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porque actuó conforme a la lex artis

La sospecha no es punible penalmente, aclara un juez

El Juzgado de lo Penal número 4 de Valencia ha absuelto a un otorrinolaringólogo de la querella presentada por la familia de un paciente que falleció después de una septoplastia para corregir la deformidad del tabique nasal.
S.V. Madrid | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  17/06/2013 00:00
 

"La afirmación [...] de que algo debió ocurrir a la vista del resultado anómalo, no puede llevar a responsabilidad en el ámbito penal, pues debe quedar perfectamente definido el hecho concreto que causa el resultado y que permitiría determinar la conducta del acusado. Una mera suposición no es penalmente punible". Con este razonamiento, el Juzgado de lo Penal número 4 de Valencia ha absuelto a un otorrinolaringólogo de la querella presentada por la familia de un paciente que falleció después de una septoplastia para corregir la deformidad del tabique nasal.

Los hechos juzgados ocurrieron en 2007, cuando el paciente, de 61 años y con un cuadro de ronquidos nocturnos y dificultad respiratoria, decidió someterse a una septoplastia de cartílago. La intervención la realizó el acusado en una clínica privada, sin registrar ninguna complicación.

Pero al día siguiente, ya en su casa, se levantó con mareos y su mujer llamó al otorrino imputado que, en una consulta telefónica, afirmó que esos síntomas no tenían relación con la intervención, instando a la mujer a que llamara a su médico. Entonces, un facultativo de Familia acudió a la casa del enfermo y determinó que tenía la tensión baja, por lo que le recomendó beber coca-cola. Sin embargo, ante el empeoramiento de su esposo, la mujer llamó a un amigo oftalmólogo, que llegó acompañado de un especialista en Anestesia y Reanimación.

Los dos facultativos determinaron trasladar al paciente a urgencias hospitalarias, donde le realizaron una TC que evidenció el neumoencéfalo del paciente. En una cirugía de urgencia se vieron dos orificios en la lámina cribosa por donde se habría filtrado aire al cerebro. Tras la operación, el paciente entró en un estado de coma del que no salió y falleció cuatro meses después.


Pruebas suficientes
La familia fundamentó la querella en que la operación de nariz fue la responsable de la perforación de la lámina cribosa por donde entró el aire al cerebro. Sin embargo, el juez no encuentra reproche a la actuación médica. Valora que el acusado "adoptó todas las medidas que le eran exigibles con carácter previo a la cirugía [...] y no debía realizar pruebas orientadas a evidenciar un posible neumoencéfalo, pues el paciente no presentaba sintomatología alguna que así lo indicara".

El consentimiento firmado por el paciente fue correcto, aunque no incluyó el riesgo que sobrevino, porque el neumoencéfalo en esta intervención "es una complicación excepcional hasta el punto de no conocer ningún caso", apuntó un perito, jefe de Otorrinolaringología. Y durante la cirugía tampoco ocurrió nada anómalo.

El juez absuelve al médico al demostrase que "actuó conforme a la lex artis antes, durante y con posterioridad a la intervención quirúrgica, de tal forma que el resultado fatal que se produjo no era previsible, sin que se haya podido probar un nexo causal entre la intervención de septoplastia y el fallecimiento, más allá de la cercanía temporal". El médico fue defendido en el proceso judicial por el letrado Carlos Fornes.

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