domingo, 30 de junio de 2013

Sociedad Española de Oncología Médica :: El Médico Interactivo :: Las equivalencias terapéuticas de fármacos oncológicos limitan la capacidad de prescripción del médico, destaca la SEOM

:: El Médico Interactivo :: Las equivalencias terapéuticas de fármacos oncológicos limitan la capacidad de prescripción del médico, destaca la SEOM

Las equivalencias terapéuticas de fármacos oncológicos limitan la capacidad de prescripción del médico, destaca la SEOM

Madrid (29-01/07/2013) - Redacción

La Sociedad Española de Oncología Médica incide en que esta medida, llevada a cabo en algunas CCAA, también vulnera los derechos de los pacientes; por ello, llama al consenso con los profesionales antes de implantarlas



La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) ha hecho llegar a las autoridades sanitarias, a la comunidad científica y a toda la sociedad su preocupación ante iniciativas que están surgiendo en algunas comunidades autónomas y hospitales, donde se ha anunciado la selección de equivalentes terapéuticos en algunos grupos farmacológicos, por el hecho de compartir alguna indicación terapéutica.

Ante estas iniciativas, que "limitan la capacidad de prescripción del médico y vulneran los derechos de los pacientes", la SEOM reitera su apoyo a la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas

(FACME), ya mostrado en la adhesión al manifiesto del pasado mes de abril, y se suma a la reciente declaración de la OMC, junto con otras sociedades científicas.

Por ello, la SEOM defiende que la libertad de prescripción del médico "protege su derecho a prescribir, diagnosticar o fijar el tratamiento del enfermo que estima más idóneo recetando cualquier medicamento incluido en el régimen de financiación del SNS. Con carácter general, los médicos pueden prescribir o indicar, de entre los medicamentos que hayan sido incluidos en la prestación farmacéutica, aquellos que consideren, conforme a su criterio profesional, los más apropiados para cada paciente".

La Sociedad dice ser consciente de que esta decisión "no depende únicamente de un criterio sanitario, sino que debe tenerse en cuenta la necesidad de proteger la sostenibilidad del sistema, y tomar en consideración, entre otros, los costes de sus decisiones, y evitando la sobreutilización, la infrautilización y la inadecuada utilización de los recursos, pero corresponde, en todo caso, al médico".

Pero, añade, "en cáncer la selección de uno u otro tratamiento constituye una delicadísima decisión médica en la que las actuaciones administrativas no pueden ni deben interferir". Y por ello rechaza "las declaraciones de supuesta equivalencia terapéutica entre medicamentos distintos, que merman el arsenal terapéutico, menoscaban el valor de la innovación y limitan la capacidad del médico para prescribir a cada paciente el medicamento que considera mas adecuado".

Para la SEOM, el hecho de que un determinado número de medicamentos oncológicos se clasifiquen en un mismo grupo terapéutico o compartan una misma indicación terapéutica no supone que se puedan considerar alternativas terapéuticas equivalentes ni de eficacia o seguridad similares en el paciente individual.


Modificación de la Ley de Garantías
Además, la SEOM recuerda que en la actualidad se está tramitando un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 29/2006, de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios (Ley de Garantías). Y que durante la tramitación de este Proyecto se han propuesto diversas enmiendas encaminadas (según la justificación o en el trámite parlamentario) a alcanzar a "una mayor clarificación de la competencia exclusiva del Estado en la definición de precios, autorización de medicamentos y de medidas de equidad en el Sistema Nacional de Salud, reforzando el principio de igualdad territorial en el acceso a los medicamentos y productos sanitarios financiados por el SNS en todo el territorio nacional, evitando las desigualdades territoriales e inequidades en el acceso a la prestación farmacéutica".

Estas enmiendas han sido incorporadas al texto remitido por el Congreso de los Diputados al Senado.
"La facultad de someter a reservas las condiciones de dispensación de medicamentos, ya sea por razones sanitarias, ya sea para asegurar su uso racional, corresponde en exclusiva al Estado", destaca la SEOM, que incide en que la Ley de Garantías establece expresamente: "Con el fin de garantizar el derecho de todas las personas que gocen de la condición de asegurado y beneficiario en el Sistema de un acceso a la prestación farmacéutica en condiciones de igualdad en todo el Sistema Nacional de Salud, las comunidades autónomas no podrán establecer, de forma unilateral, reservas singulares específicas de prescripción, dispensación y financiación de fármacos o productos sanitarios" (artículo 89.1).


Colaborar con las autoridades sanitarias
Por todo lo expuesto anteriormente la SEOM explica que como sociedad científica comprometida con la asistencia al paciente con cáncer, la docencia y la investigación, "siempre nos hemos ofrecido para colaborar con las autoridades sanitarias nacionales y autonómicas en el mantenimiento de la calidad en Oncología. Nuestra capacidad de diálogo con las administraciones sanitarias tiene ya un amplio recorrido plural e independiente".

"Consideramos que la adopción de medidas para la sostenibilidad del Sistema Sanitario público debe llevarse a cabo con el consenso de las sociedades científicas. En SEOM creemos que debemos contribuir a optimizar los recursos disponibles actualmente para la atención sanitaria, pero sin que esto suponga quebrantar la libertad del médico a prescribir, ni conlleve imposiciones de terceros que, en la mayoría de los casos no son los responsables del cuidado directo del paciente, ni conocen la evidencia científica disponible con el mismo rigor que el oncólogo médico. Así se lo hemos transmitido a diversas autoridades sanitarias, tanto de ámbito nacional como autonómico. Los oncólogos médicos somos los únicos responsables de indicar los mejores tratamientos aprobados en el SNS basándonos en criterios de evidencia científica", añade.

El oncólogo debe ofrecer a los pacientes aquellos tratamientos que hayan demostrado ser eficaces, seguros y se encuentren avalados por las agencias reguladoras, y los aspectos relacionados con el coste de los mismos deben ser tratados de una manera racional por las autoridades sanitarias, los expertos y la industria farmacéutica, sin que las demoras en su incorporación a la práctica clínica supongan un perjuicio para los pacientes. "El uso de los mejores tratamientos oncológicos es un derecho irrenunciable que no tiene por qué estar reñido con un empleo racional de los recursos y un mayor celo en la contención del gasto, señala la SEOM.

En resumen, desde esta Sociedad se defiende "la equidad, la racionalización de los recursos pero que en ningún caso suponga una reducción y para ello proponemos el diálogo como elemento clave. Es fundamental que las decisiones que se tomen desde cualquier administración sanitaria y que afecten a la racionalización y a la equidad de la atención oncológica en el SNS cuenten con el consenso de los oncólogos médicos".

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