martes, 2 de mayo de 2017

Ratificación judicial del nombramiento de la gerente de Valencia-La Fe - DiarioMedico.com

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MÓNICA ALMIÑANA

Ratificación judicial del nombramiento de la gerente de Valencia-La Fe

El Juzgado contencioso-administrativo número 8 de Valencia ha desestimado el recurso presentado por una facultativa contra el nombramiento de Mónica Almiñana como gerente del Departamento Valencia-La Fe.
Enrique Mezquita. Valencia   |  02/05/2017 15:29
 
 

En un auto, el juzgado contencioso número 8 de Valencia ha rechazado el recurso interpuesto por la demandante, que también se postuló y presentó para el cargo, contra la resolución de 16 de noviembre de 2015, de la Consejería de Sanidad, por la que provee la plaza de gerente A del Departamento de Salud Valencia-La Fe por el procedimiento de libre designación, y contra la resolución del 15 de octubre de 2015 del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se hace pública la composición de los miembros de la Comisión de Valoración para la provisión de la mencionada plaza.
El texto rechaza la petición de anulación de la resolución de convocatoria de la plaza por parte de Sanidad (anunciada y publicada en el Diario Oficial de la región en septiembre de 2015), ya que se trata de un acto administrativo firme porque no fue impugnado en el plazo de dos meses que establece la legislación procesal.
  • el recurso es "manifiestamente infundado" al no hacer mención a infracción alguna del ordenamiento jurídico2
En cuanto a la resoluciones posteriores y analizadas, que sí fueron recurridas en plazo, sostiene que el recurso es "manifiestamente infundado" al no hacer mención a infracción alguna del ordenamiento jurídico.
En su alegato, la demandante apuntaba que la provisión de un puesto por libre designación no tiene relación con los puestos de confianza, que son los propios de personal eventual, y que en este caso faltaba la exposición de las razones por las que la Gerencia de la Fe se "ha configurado" como un puesto de libre designación. Y en caso de que así fuera, la demandante señalaba que se debía haber adjudicado en su favor porque sus méritos son "indiscutiblemente" superiores respecto a los de Almiñana y, además, no haberse presentado a la convocatoria terceras personas.
Según consta en el auto, el expediente administrativo recoge el acta de la Comisión de Valoración en la que se expresan los motivos para la adjudicación de la plaza, "en la que tiene especial incidencia de acuerdo con lo expuesto en la convocatoria, la valoración del trabajo desarrollado".
  • la alegación realizada por la demandante de que posee un currículum más amplio "no es determinante para estimar la falta de motivación"
Por tanto, para la sala, la alegación realizada por la demandante de que posee un currículum más amplio "no es determinante para estimar la falta de motivación y vulneración de la doctrina sobre la discrecionalidad técnica examinada", ya que en definitiva la Comisión "invoca las condiciones personales, la trayectoria y cualidades profesionales, así como la labor profesional desempeñada en puestos de especia mérito y responsabilidad, como determinante de la decisión adoptada". Ello hace, en definitiva, que la demandante quiera simplemente "la sustitución de la decisión adoptada por otra favorable a sus intereses".
El auto, ante el cual cabe recurso ordinario de apelación, impone las costas a la demandante, con el límite máximo de 500 euros, más el IVA correspondiente por los conceptos de defensa y representación de la parte demanda.
Polémica
Este nombramiento surgió a la palestra cuando diversos medios denunciaron que la plaza había sido adjudicada ya a Almiñana antes de la convocatoria oficial de la propia plaza. En este sentido, la consejera de Sanidad, Carmen Montón, defendió en todo momento su legalidad, además de denunciar que más del 50 por ciento de los puestos directivos de los departamentos de Salud nombrados por la anterior Consejería estaban en situación "provisional e irregular, opaca", cuando el nuevo equipo de Gobierno accedió al departamento.
Montón denunció que "el procedimiento habitual que primaba para los nombramientos era irregular porque convertía un nombramiento provisional en indefinido y nunca lo llegaban a publicar en el DOCV, como obliga la normativa vigente en la comunidad. Y eran nombramientos opacos porque la falta de publicación impedía el conocimiento y la transparencia que este puesto de libre designación merece". En cambio, su departamento sí realizó la publicación de la convocatoria para los puestos de libre designación, como el caso de Almiñana y el resto de departamentos de salud.

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