Aprobada la nueva directiva europea que permitirá una mejor movilidad de los profesionales
Madrid (26/11/2013) - Redacción
• Después de tres años de intenso trabajo e interlocución con las partes implicadas, el pasado viernes, 15 de noviembre, el Consejo de la Unión Europea aprobaba el texto que modifica la Directiva 2005/36 de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales
• Unión Profesional ha participado en las diferentes fases del proceso de modernización resaltando, entre otras cuestiones, la necesidad de reforzar el papel de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento
Después de tres años de intenso trabajo e interlocución con las partes implicadas, el pasado viernes, 15 de noviembre, el Consejo de la Unión Europea aprobaba el texto que modifica la Directiva 2005/36 de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales. La revisión efectuada durante estos años tenía como objetivo hacer más eficiente el sistema de reconocimiento mutuo de las cualificaciones existente en la UE y, con ello, facilitar una mayor y mejor movilidad de los trabajadores cualificados en la UE.
Entre las principales novedades que recoge la nueva Directiva se encuentra la creación de una tarjeta profesional europea que, como certificado electrónico, ofrecerá a los profesionales interesados la posibilidad de beneficiarse de un reconocimiento de sus cualificaciones más fácil y rápido. Esta tarjeta está asociada a un procedimiento de reconocimiento optimizado y desarrollado a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).
La Directiva revisada incorpora el principio de acceso parcial para determinadas profesiones e introduce algunos cambios en la definición de los requisitos mínimos de formación para las profesiones que se benefician del reconocimiento automático de sus cualificaciones. La Directiva incluye también el fomento y mayor transparencia del Desarrollo Profesional Continuo de estas profesiones que gozan de reconocimiento automático.
Dada la importancia de esta Directiva, Unión Profesional (UP), asociación que agrupa a las profesiones colegiadas españolas, ha participado en las diferentes fases del proceso de modernización resaltando, entre otras cuestiones, la necesidad de reforzar el papel de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento.
Calidad de formación y cualificaciones
Como se ha puesto de manifiesto durante su tramitación, la agilización y simplificación de trámites y requisitos debe compatibilizarse siempre con el más alto nivel de calidad de formación y cualificaciones profesionales, en beneficio del interés general y la protección de los derechos de usuarios, clientes y ciudadanos. De ahí el papel de la participación activa de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento como organismos competentes y, en cualquier caso, como centros de asistencia, ya que son agentes clave para el buen funcionamiento del sistema general y de los procedimientos de carácter automático.
Se desarrollarán asimismo marcos comunes de formación que, tal y como había sido solicitado desde UP, podrán ser propuestos por las organizaciones profesionales representativas, nacionales o de la UE. Las cualificaciones obtenidas en estos marcos, sobre la base de un conjunto estandarizado de conocimientos, habilidades y competencias, serán automáticamente reconocidas por los estados miembros.
Asimismo, se prevé un ejercicio de evaluación mutua de las profesiones reguladas y se detalla un mecanismo de alerta entre autoridades competentes en relación a aquellos profesionales que hayan sido suspendidos de ejercicio o que hayan hecho uso de documentación falsificada. Se clarifican, por otra parte, los requisitos lingüísticos exigibles a los profesionales.
Proceso de modernización de la Directiva
Desde el año 2010, las instituciones europeas han trabajado junto a los estados miembros, las organizaciones profesionales y los grupos de interés en la modernización de la Directiva 2005/36/CE de reconocimiento de cualificaciones profesionales. La Comisión Europea presentó su propuesta para comenzar dicho proceso de revisión en diciembre de 2011 como parte de las doce medidas prioritarias contenida en el Acta de Mercado Único para promover el crecimiento y la creación de empleo.
Tras el acuerdo político alcanzado por las instituciones europea (Comisión, Parlamento y Consejo) en junio de 2013, el 9 de octubre era aprobado oficialmente el texto de la nueva Directiva por el Parlamento Europeo, siendo adoptado por el Consejo de la Unión Europea el 15 de noviembre. Está previsto que sea publicado antes de fin de año en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
Entre las principales novedades que recoge la nueva Directiva se encuentra la creación de una tarjeta profesional europea que, como certificado electrónico, ofrecerá a los profesionales interesados la posibilidad de beneficiarse de un reconocimiento de sus cualificaciones más fácil y rápido. Esta tarjeta está asociada a un procedimiento de reconocimiento optimizado y desarrollado a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).
La Directiva revisada incorpora el principio de acceso parcial para determinadas profesiones e introduce algunos cambios en la definición de los requisitos mínimos de formación para las profesiones que se benefician del reconocimiento automático de sus cualificaciones. La Directiva incluye también el fomento y mayor transparencia del Desarrollo Profesional Continuo de estas profesiones que gozan de reconocimiento automático.
Dada la importancia de esta Directiva, Unión Profesional (UP), asociación que agrupa a las profesiones colegiadas españolas, ha participado en las diferentes fases del proceso de modernización resaltando, entre otras cuestiones, la necesidad de reforzar el papel de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento.
Calidad de formación y cualificaciones
Como se ha puesto de manifiesto durante su tramitación, la agilización y simplificación de trámites y requisitos debe compatibilizarse siempre con el más alto nivel de calidad de formación y cualificaciones profesionales, en beneficio del interés general y la protección de los derechos de usuarios, clientes y ciudadanos. De ahí el papel de la participación activa de las organizaciones profesionales en los procesos de reconocimiento como organismos competentes y, en cualquier caso, como centros de asistencia, ya que son agentes clave para el buen funcionamiento del sistema general y de los procedimientos de carácter automático.
Se desarrollarán asimismo marcos comunes de formación que, tal y como había sido solicitado desde UP, podrán ser propuestos por las organizaciones profesionales representativas, nacionales o de la UE. Las cualificaciones obtenidas en estos marcos, sobre la base de un conjunto estandarizado de conocimientos, habilidades y competencias, serán automáticamente reconocidas por los estados miembros.
Asimismo, se prevé un ejercicio de evaluación mutua de las profesiones reguladas y se detalla un mecanismo de alerta entre autoridades competentes en relación a aquellos profesionales que hayan sido suspendidos de ejercicio o que hayan hecho uso de documentación falsificada. Se clarifican, por otra parte, los requisitos lingüísticos exigibles a los profesionales.
Proceso de modernización de la Directiva
Desde el año 2010, las instituciones europeas han trabajado junto a los estados miembros, las organizaciones profesionales y los grupos de interés en la modernización de la Directiva 2005/36/CE de reconocimiento de cualificaciones profesionales. La Comisión Europea presentó su propuesta para comenzar dicho proceso de revisión en diciembre de 2011 como parte de las doce medidas prioritarias contenida en el Acta de Mercado Único para promover el crecimiento y la creación de empleo.
Tras el acuerdo político alcanzado por las instituciones europea (Comisión, Parlamento y Consejo) en junio de 2013, el 9 de octubre era aprobado oficialmente el texto de la nueva Directiva por el Parlamento Europeo, siendo adoptado por el Consejo de la Unión Europea el 15 de noviembre. Está previsto que sea publicado antes de fin de año en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
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