miércoles, 23 de abril de 2014

El Sescam pagará 300.000 euros por no detectar Síndrome de Down en un feto | Sociedad | EL PAÍS

El Sescam pagará 300.000 euros por no detectar Síndrome de Down en un feto | Sociedad | EL PAÍS



El Sescam pagará 300.000 euros por no detectar Síndrome de Down en un feto

El Servicio de Salud Castilla-La Mancha tendrá que indemnizar a una familia por su error

La sentencia indica que la anomalía se podría haber detectado desde esre primer momento



La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado al servicio de salud de la comunidad (Sescam) al pago de una indemnización de 300.000 euros, por la realización de un diagnóstico erróneo inicial en la amniocentesis practicada en el Hospital Virgen de la Salud de Toledo a una mujer embarazada y no detectar Síndrome de Down en el feto.
La sentencia indica que de no haberse producido este error podría haberse detectado en ese primer momento la anomalía cromosómica, habiendo posibilitado la interrupción voluntaria del embarazo de forma legal y añade que "los distintos informes médicos y la propia Inspección Médica corrobora, que esa anomalía siempre estuvo allí, en la semana catorce de gestación y que, sencillamente, en un primer momento no se apreció".
Los magistrados inciden además en el "daño moral ocasionado a lospadres, sustancialmente por no haberse podido acoger a la facultad legal de interrumpir voluntariamente el embarazo, y en los cuantiosos gastos económicos que la situación vital del menor les ha generado y seguirá haciéndolo durante toda su vida". 
El TSJCM desestima los recursos de apelación entablados por la compañía aseguradora y el Sescam contra una primera sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número uno de Toledo queestimaba el recurso que presentó la mujer embarazada, ante la denegación del Sescam de la reclamación de responsabilidad patrimonial, por la asistencia sanitaria prestada durante su embarazo. La Sala confirma la primera sentencia que implicaba ya una indemnización de 300.000 euros. La diferencia es que en esta ocasión no cabe interponer ningún recurso ordinario.
La prueba cobraba relevancia en este caso porque la familia contaba con antecedentes de la mutación cromosómica y estaban interesados en descartar principalmente este síndrome. La amniocentesis se llevó a cabo el 29 de marzo de 2003 por la Unidad de Genética del HospitalVirgen de la Salud de Toledo y el nacimiento tuvo lugar el 7 de Septiembre de 2004 en el mismo centro.

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