lunes, 27 de abril de 2015

"Hay que resolver el problema de niños de maternidad subrogada" - DiarioMedico.com

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CONTINÚAN LOS PROBLEMAS

"Hay que resolver el problema de niños de maternidad subrogada"

No tienen nacionalidad ni derechos, según Josep Corbella, del ICAB. En España habría 300 familias implicadas en diferentes situaciones.
Carmen Fernández. Barcelona |carmenfer@diariomedico.com   |  27/04/2015 00:00
 
 

Josep Corbella
Josep Corbella, del Colegio de Abogados de Barcelona. (Jaume Cosialls)
"No podemos tener en España a los niños procedentes de maternidad subrogada (vientre de alquiler) en otros países en un limbo; sin apellidos, nacionalidad, registro civil y derechos...Hay que regular por ellos, que es la tesis del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos", defiende Josep Corbella, presidente de la Sección de Derecho Sanitario del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) y jurista del Hospital de San Pablo de Barcelona.
Corbella, que ha estudiado este problema para la Academia de Ciencias Médicas y de la Salud de Cataluña y Baleares y para el XXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario de 2014, recuerda que ya hay una propuesta de regulación de UPyD. A su juicio, además de la protección de los menores implicados, habría que regular cómo se organiza, si la subrogación debe ser altruista (como la donación órganos) o compensada. "Así se evitaría que la gente salga del país con productos biológicos para reproducción en una nevera (está pasando), se podría controlar a los intermediarios y se pondría orden en la jurisprudencia, donde hay un lío considerable", dice. El artículo 10, sobre gestación por sustitución, de la Ley 14/06 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida es claro: "1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero. 2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto. 3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales". Pero una resolución de 2010 de la Dirección General de Registros complicó el asunto. DM ha venido recogiendo jurisprudencia sobre el registro de padres de menores de maternidad subrogada y su acceso a permisos de maternidad, que explica las situaciones en que se encuentran cerca de 300 familias que optaron por esta fórmula, viajando para ello a California (Estados Unidos), Canadá o Rusia, entre otros, informa Corbella.
Cada caso es diferente
Aunque es un asunto prohibido en España, existe la Asociación Gestación Asistida Reproductiva, agencias dedicadas a tramitar casos y clínicas que derivan a personas interesadas con la mediación de abogados. "Y muchas parejas que piden información a los ginecólogos", apunta Corbella.
En este asunto, explica, cada caso es diferente. El Tribunal Supremo, en 2014, admitió como causa de reconocimiento del padre si ha aportado material reproductor y pide el registro de paternidad y su pareja adopta o los dos piden el reconocimiento de la situación de hecho. "En Francia están igual, en su ley es un asunto de orden público jurídico internacional y tiene límites. Y en Italia sucede algo parecido. En el resto de Europa, Grecia y el Reino Unido admiten ciertas circunstancias", afirma.

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