tras la firma del acuerdo
Los médicos tendrán un estatuto jurídico propio
El acuerdo firmado entre Sanidad y el Foro de la Profesión promueve el liderazgo del médico en la gestión sanitaria y garantiza que no habrá más recortes a nivel estatal.
Redacción | 30/07/2013 14:43
Firma del Pacto por la Sostenibilidad y la Calidad del SNS (CGCOM)
El pacto suscrito por el Foro de la Profesión Médica promueve el liderazgo de los facultativos en la gestión sanitaria y les garantiza que no sufrirán más recortes de tipo laboral o salarial en lo que dependa de las competencias que tiene atribuidas el Gobierno central. La ministra también ha expresado públicamente el compromiso de todo el Gobierno con los profesionales sanitarios y con su desarrollo profesional, consciente de su contribución decisiva en la mejora asistencial y en la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.
Ambas partes han considerado necesario llegar un Pacto por la Sanidad que evite la confrontación partidista al respecto y haga posible el sostenimiento del actual modelo, al que se considera uno de los "pilares básicos" del Estado de del Bienestar.
En cuanto al acuerdo final, cabe destacar los siguientes epígrafes:
"[Para] consolidar y garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), se considera indispensable un Pacto por la Sanidad [que evite que ésta] sea objeto de confrontación partidista [y revitalice] los consensos políticos, profesionales y sociales fundamentales, de modo que el SNS sea defendido entre todos como uno de los pilares básicos del Estado del Bienestar. (1.1)
"Definir un nuevo modelo de financiación estable, suficiente, respetuoso con el principio de estabilidad presupuestaria y consolidación fiscal y que sea coherente con los principios de cohesión territorial, igualdad y equidad en el acceso a las prestaciones de acuerdo a una cápita adecuada, impulsando las necesarias reformas en las políticas presupuestarias de las CCAA para que sus Presupuestos garanticen un gasto sanitario per cápita adecuado para la cartera de servicios del SNS. (1.4)
"La contratación con instituciones o centros privados se podrá llevar a cabo en los supuestos y con los requisitos, condiciones y estándares de calidad previstos en la Ley General de Sanidad, y normativas de contratación pública y disposiciones de desarrollo, optimizando siempre los recursos propios del sistema sanitario público". (1.6)
"[Se acuerda] garantizar, en el contexto actual, las condiciones básicas de los profesionales, dentro del Sistema Nacional de Salud, que sean competencia del Estado, según la legislación vigente." (1.3)
"[Se] promoverá un marco jurídico específico del profesional médico en el Sistema Nacional de Salud, a través del grupo médico del Foro de las Profesiones Sanitarias Tituladas, y un sistema de incentivación específico vinculado a la gestión clínica que favorezca los principios de excelencia profesional y de gobernanza del sistema sanitario público. (1.8)
Empleo médico. "Se acuerda promover medidas en materia de empleo, a través del Consejo Interterritorial del SNS, con el objetivo de lograr un entorno profesional favorable y una mejora de las condiciones de ejercicio profesional de los médicos que sean apreciables en el conjunto del Sistema pero también por cada profesional, estableciendo dicho objetivo como uno de los ejes centrales de las políticas sanitarias y de la gestión de los recursos humanos en el SNS. (2.1.4)
"[Se] afrontará la planificación de necesidades en RRHH, así como un uso racional de los recursos sanitarios y promover la transparencia, la participación, la motivación y el reconocimiento social de los profesionales sanitarios, implicándolos en la gestión de los recursos del SNS." (I.8.)
"La relación y vinculación jurídica del médico en el ámbito del SNS, ha de suponer que el médico ocupe un papel fundamental en la gestión y gobernanza del SNS, para avanzar en la eficiencia, seguridad y calidad de la asistencia sanitaria. Se constata que el desarrollo de la gestión clínica desde sus diferentes vertientes ha de estar en línea con lo ya previsto en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que es el modelo a seguir. (2.1.1)
"El modelo de gestión clínica pretende: a) Impulsar una forma de organización que oriente la actividad hacia el proceso asistencial y a la atención integral del paciente. b) Motivar a los médicos mediante su implicación en la gestión de los recursos de la unidad o servicio al que pertenecen". (2.2)
"Las Unidades de Gestión Clínica promoverán "un modelo que permita vincular aspectos como: gobernanza, integración colaborativa, participación proactiva, responsabilidad social y liderazgo del profesional médico con una regulación diferenciada de sus condiciones de trabajo que, a su vez, pueda respetar el derecho de reserva de su plaza." (2.1.2)
"La Gestión Clínica es un modelo asistencial integrador, colaborativo y multidisciplinario que busca la mejora de la eficiencia y la calidad de la práctica clínica mediante la responsabilización de los médicos en la gestión de los recursos utilizados en su ejercicio profesional, organizando y coordinando las actividades que se genera en torno a cada proceso asistencial." (3.2)
"Con objeto de contribuir a la mejora de la calidad asistencial y de las condiciones del ejercicio de la profesión médica se creará, mediante modificación de la LOPS, un foro de profesiones sanitarias tituladas con la composición, la estructura orgánica y funcionamiento que reglamentariamente se determinen, en cualquier caso integrado por Pleno, Grupo Médico y Grupo enfermero, y se acuerda el desarrollo reglamentario en un plazo de seis meses, de dichos acuerdos será cuenta a la Comisión de Recursos Humanos del C.I." (4.3)
Los profesionales de Asistencia Pública Domiciliaria (APD) y de Cupo Zona, unos 12.000 en toda España y que según el RD 16/2012 perderían su condición de funcionarios a partir del próximo 31 de diciembre, podrán continuar en su situación actual hasta la edad de jubilación. Esta medida ya ha sido llevada a efecto en el País Vasco, en virtud de un acuerdo entre los gobiernos central y autonómico, y el acuerdo contempla que se haga extensivo al resto del país. (IV.1)
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