jueves, 4 de abril de 2013

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Salud de Aragón sienta un precedente al asumir la indemnización de una demora en las listas de espera

Zaragoza (04/04/2013) - Nerea Garay

La Consejería reconoce la pérdida de oportunidad que sufrió una paciente


La Consejería de Sanidad de Aragón ha concedido una indemnización de 24.176 euros a una paciente que reclamó un retraso en la listas de espera para ser intervenida de una luxación de hombro. El reconocimiento del derecho del paciente lo ha hecho la Sanidad aragonesa evitando llegar a los tribunales de justicia. La decisión sienta precedente al considerar la Consejería que la demora es una pérdida de oportunidad de la paciente.

La paciente padeció una caída en Alicante y en un hospital de esta Comunidad le diagnosticaron una luxación del hombro. Al desplazarse a Zaragoza el médico de familia le remitió al Servicio de Rehabilitación del Hospital Clínico Lozano Blesa. Allí le diagnosticaron rotura, solicitándole la realización de una ecografía y remitiéndola al traumatólogo.

La luxación del hombro le fue vista en mayo de 2009 y en octubre del mismo año fue incluida en la lista de espera quirúrgica. En enero de 2010 se le realizó el preoperatorio, pero no fue intervenida hasta el 24 de septiembre de 2010. El retraso en la intervención le ha provocado secuelas de por vida.
La Consejería de Sanidad ha resuelto la reclamación de la paciente mediante una Resolución en la que reconoce "una demora de 11 meses en el tratamiento quirúrgico reparativo lo que supuso una pérdida de oportunidad para lograr la restitución anatómica y funcional". Si bien, señala que "no queda acreditada la existencia de mala praxis o actuaciones contrarias a la lex artis".

Defensor del Paciente
La paciente estuvo asesorada por los Servicios Jurídicos de la Asociación del Defensor del Paciente, quien llevó a cabo todo el proceso y quien reconocen que para que se proceda a una indemnización es preciso que haya agravación del enfermo en el tiempo de la espera, ya que la demora, en sí, no es indemnizable.

La decisión adoptada por la consejería de Aragón tiene varios precedentes favorables a los pacientes. De ahí que la Administración decidiera llegar a acuerdos por la vía no judicial. A saber. El TSJ de La Rioja condenó al SERIS por el fallecimiento de un paciente aguardando ser intervenido de una dolencia cardiaca. Por su parte, el TSJ de Andalucía condenó a la Administración por una mala gestión de listas de espera, en este caso para un trasplante hepático. El fallo censuró que no se le dio el emplazamiento de la paciente en la lista conforme a su gravedad.

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