jueves, 30 de mayo de 2013

CC.OO-Andalucía denuncia al SAS ante la Inspección de Trabajo por las condiciones laborales del personal eventual estructural :: El Médico Interactivo ::

:: El Médico Interactivo :: CC.OO-Andalucía denuncia al SAS ante la Inspección de Trabajo por las condiciones laborales del personal eventual estructural

CC.OO-Andalucía denuncia al SAS ante la Inspección de Trabajo por las condiciones laborales del personal eventual estructural


Málaga (30/05/2013) - Redacción

En la denuncia del sindicato se asegura que un elevado porcentaje de profesionales sanitarios contratados al 75 por ciento de jornada soportan las mismas cargas de trabajo que el personal interino o fijo de plantilla

Delegados de Prevención de los ocho sindicatos provinciales que integran la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Andalucía (FSS-CCOO Andalucía) han presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo en la que se asegura que un elevado porcentaje de profesionales sanitarios contratados al 75 por ciento de jornada soportan las mismas cargas de trabajo que el personal interino o fijo de plantilla. Este sindicato mantiene que la reducción de la jornada sin la disminución equivalente de trabajo "es claramente lesiva" para la salud de este colectivo, dado que incrementa la sobrecarga mental y el estrés.
CCOO de Andalucía remitió en febrero un escrito al Servicio Andaluz de Salud (SAS) en el que denunciaba de nuevo las condiciones laborales del personal eventual estructural y le reclamaba que restituyese a los 5.800 eventuales estructurales su nombramiento a tiempo completo, es decir, el cien por cien de jornada y de salario.
Sin embargo, ante la pasividad y la falta de respuesta de la Dirección General de Profesionales del SAS y de los gerentes de los centros sanitarios andaluces, delegados de Prevención del sindicato en las ocho capitales de provincia han formulado la denuncia ante la Inspección de Trabajo en la que se acusa al SAS de vulnerar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en sus artículos 36.4 y 33.1.a. El primero establece que la negativa del empresario a adoptar medidas propuestas por el delegado de prevención deberá ser motivada; el segundo señala que cualquier modificación en las condiciones laborales de los trabajadores deberá acordarse con las centrales sindicales o consultarse con los delegados de prevención.
La FSS-CCOO Andalucía ha constatado que a la inmensa mayoría de las personas a las que se les ha transformado su nombramiento al 75 por ciento se les distribuye el horario de trabajo en turnos reducidos de manera no homogénea y, a menudo, 'a la carta', sin que ello se acompañe de una reducción idéntica en las cargas de trabajo.
"Una carga de trabajo del cien por cien no es posible hacerla en un 75 por ciento del tiempo sin que esta circunstancia no produzca un daño para la salud, ya que incrementa la sobrecarga laboral y el estrés", asegura el secretario general de la FSS-CCOO Andalucía, Humberto Muñoz.
Incluso la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo avalan las conclusiones de este sindicato al incluir en sus estudios sobre los riesgos psicosociales al estrés y a la fatiga del trabajador ligados a la ordenación del tiempo del trabajo.

No hay comentarios: