miércoles, 24 de julio de 2013

La prohibición del vientre de alquiler necesita claridad - DiarioMedico.com

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Turismo reproductivo

La prohibición del vientre de alquiler necesita claridad

Silvia Tamayo, profesora de Derecho Civil, denuncia que la práctica, aunque no se permite, genera derechos.
Santiago Rego. Santander | dmredaccion@diariomedico.com   |  24/07/2013 18:14

Silvia Tamayo
Silvia Tamayo, profesora de Derecho Civil. (Universidad de Cantabria)

La profesora de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria (UC) e investigadora en Derecho de Familia, Silvia Tamayo, ha reclamado al legislador un cambio legal sobre las maternidades y paternidades logradas mediante los llamados vientres de alquiler.

La experta ha asegurado que la ley española tiene que afrontar "una solución decidida sobre si se admite o no esta práctica, que está prohibida en España pero permitida en otros países, lo que provoca un turismo reproductivo vetado al que menos recursos tiene", ha dicho.

Durante el curso de verano de la Universidad de Cantabria, Miremos al Género a través de la Maternidad y la Paternidad, que ha dirigido en Santander con la colaboración de los gobiernos central y autonómico, Tamayo ha hecho hincapié en que la reproducción por medio de los vientres de alquiler necesita una regulación que deje "las cosas claras en un asunto tradicionalmente controvertido".


Inseguridad jurídica
"Si la legislación española se pronunciase claro sobre este tipo prácticas se acabaría con la inseguridad jurídica que genera, ya que aunque la reproducción mediante vientres de alquiler estipula unos contratos considerados nulos por ley, existe una instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado que admite las inscripciones de los hijos así concebidos en el Registro Civil, siempre que se cumplan una serie de requisitos sobre la protección de la licitud de los acuerdos y la libertad de decisión de las partes que en ellos intervienen", ha precisado la directora del curso estival.

Esta situación que se produce vía Registro Civil supone, a su juicio, "un fraude, ya que una cuestión que la ley prohíbe se acaba admitiendo de una forma indirecta".

Para esta profesora, hay que dirigir la vista al artículo 39 de la Constitución española, en el que se contempla la protección de la familia por parte de los poderes públicos con un sentido, según Tamayo, "muy amplio y genérico", y todo ello dentro de un modelo de maternidad que, en su opinión, "exige muchas veces unas políticas públicas destinadas a una mayor protección de la familia, lo que, sin embargo, no siempre se produce", ha agregado.

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